T-134 de 2007
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Hayra Nancy Barrios En Representacion De Su Hijo Vs. Humanavivir
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Suministro de hormonas de crecimiento
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la salud de menor afiliado en calidad de beneficiario al sistema de seguridad social en salud que padece deficit de crecimiento y a quien su medico tratante le formulo medicamento que la entidad se niega a suministrar por encontrarse excluidos del pos.solicita se ordene el suministro del medicamento formulado.el derecho a la salud de los niños.
Requisitos especificos para el otorgamiento de la proteccion constitucional.
Valor del criterio del medico tratante dentro del tramite de una accion de tutela en la que se debaten asuntos relacionados con la salud del paciente.
Carga de la prueba en lo relativo a demostrar la capacidad economica del interesado.
Accion de repeticion contra fosyga.concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el veinticuatro (24) de agosto de 2006 por el Juzgado
- Tercero. Civil del Circuito de Tunja, en segunda instancia, por medio de la cual confirmó la que dictara el trece (13) de julio de 2006 el Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de esa misma ciudad, en primera, negando el amparo de los derechos fundamentales a la salud, a la vida digna y a la seguridad social, dentro del proceso de tutela iniciado por la señora Hayra Nancy Barrios Hernández en representación de su hijo menor Andrés Felipe Albarracín Barrios, contra la EPS Humanavivir.
- En su lugar, CONCEDER al niño la tutela de su derecho fundamental a la salud.
- Segundo. En consecuencia, ORDENAR a la EPS Humanavivir que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, suministre, de forma permanente y continua, de acuerdo con lo prescrito por su médico tratante, al menor Andrés Felipe Albarracín Barrios el medicamento Somatropina Humana.
- Tercero. AUTORIZAR a la EPS Humanavivir para que, en el caso concreto, repita contra el Fondo de Solidaridad y Garantías (FOSYGA) por las sumas de dinero que legal y reglamentariamente no sean de su cargo.
- Cuarto. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.