Micelio
Sentencia de Tutela18 de febrero de 2004

T-133 de 2004

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Esperanza Mejia Arias Vs. Guillermo Marmolejo Garcia

Tema · dato duro
Derecho A La Vida E Integridad De Madre Y Tia. Solicitud Asistencia Juridica Contra Actos De Violencia Intrafamiliar De Mayor De Edad Alcoholico Y Drogadicto En Debilidad Manifiesta. Conminacion Antijuridica. Ley 294 De 1996. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Transitoria
  • Afectación de la vida e integridad personal por violencia intrafamiliar
  • Procedencia excepcional para violencia intrafamiliar
Acto Antijuridico Del Juez
  • Anticipación de sanción en el desacato
Alcoholismo
  • Características
Desacato De Tutela
  • Trámite incidental
  • Juez no puede anticipar la sanción
Estado
  • Protección a personas en estado de drogadicción y alcoholismo
Violencia Intrafamiliar
  • Improcedencia de tutela
  • Sistema normativo de protección
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (15 puntos)
  1. Primero. Modificar, en los siguientes términos, el numeral
  2. primero. de la parte resolutiva de la sentencia proferida el 22 de septiembre de 2003 por el Juzgado
  3. Tercero. Penal Municipal de Cali:
  4. a) Conceder, como mecanismo transitorio de protección, la tutela de los derechos fundamentales a la vida y la integridad personal de Esperanza Mejía Arias y de su madre.
  5. b) Ordenar a Guillermo Marmolejo Mejía abstenerse de ejecutar actos de violencia física o moral en contra de su tía Esperanza Mejía y de su madre.
  6. c) Ordenar al Comandante de la Estación del barrio El Lido de Cali, ejercer vigilancia sobre la conducta de Guillermo Marmolejo Mejía para la protección de los derechos a la vida y a la integridad personal de Esperanza Mejía Arias.
  7. d) Confiar al Juzgado
  8. Tercero. Penal Municipal de Cali velar por el cumplimiento de lo ordenado en esta sentencia.
  9. f) Solicitarle a la Defensoría del Pueblo, Regional Cali, que le preste a la actora la asistencia jurídica que requiere para el ejercicio de lo mecanismos legales de protección contra los actos de violencia emprendidos por Guillermo Marmolejo Mejía.
  10. Segundo. La protección dispuesta permanecerá vigente sólo durante el término que la autoridad competente utilice para decidir de fondo sobre la acción que la afectada instaure, con base en la Ley 294 de 1996, en los 30 días siguientes a la notificación de este pronunciamiento y con la asistencia de la Defensoría del Pueblo, Regional Cali.
  11. Tercero. Solicitarle a la Secretaría de Salud del Valle del Cauca que disponga lo necesario para que a Guillermo Marmolejo Mejía se le preste el tratamiento médico que requiere en razón del alcoholismo y la drogadicción que le afectan.
  12. Cuarto. Revocar el numeral
  13. segundo. de la parte resolutiva de la sentencia proferida por el Juzgado
  14. Tercero. Penal Municipal de Cali.
  15. Quinto. DÉSE cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.