Micelio
Sentencia de Tutela4 de diciembre de 2003

T-1189 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Alvaro Augusto Gomez Ramirez Vs. Anthoc Seccional Chinchina - Caldas

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Y Salud De Pacientes Del Hospital San Marcos De Chinchina. Solicitud Cese Perturbacion A Pacientes Por Parte De Organizacion Sindical. Limites Al Derecho Asociacion Sindical. Carencia Actual De Objeto. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela De Persona Juridica
  • Titular de derechos fundamentales
Acción De Tutela
  • Procedencia frente a personas determinadas o determinables
Derecho A La Seguridad Social
  • Protección especial de las personas hospitalizadas
6 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el siete de julio de 2003 por el juzgado penal municipal de Chinchiná -Caldas-, mediante el cual fue negado el amparo solicitado por el representante legal del HOSPITAL SAN MARCOS DE CHINCHINA.
  2. Segundo. Prevenir a los miembros de ANTHOC, Seccional Chinchiná, -Caldas-, para que en el futuro se abstengan de llevar a cabo manifestaciones que, por ser contrarias a la doctrina señalada en la presente providencia, signifiquen atentado contra los derechos fundamentales de las personas hospitalizadas.
  3. Tercer.- Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.