T-1189 de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Alvaro Augusto Gomez Ramirez Vs. Anthoc Seccional Chinchina - Caldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Titular de derechos fundamentales
- Protección especial
- Procedencia frente a personas determinadas o determinables
- Protección especial de las personas hospitalizadas
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. CONFIRMAR el fallo proferido el siete de julio de 2003 por el juzgado penal municipal de Chinchiná -Caldas-, mediante el cual fue negado el amparo solicitado por el representante legal del HOSPITAL SAN MARCOS DE CHINCHINA.
- Segundo. Prevenir a los miembros de ANTHOC, Seccional Chinchiná, -Caldas-, para que en el futuro se abstengan de llevar a cabo manifestaciones que, por ser contrarias a la doctrina señalada en la presente providencia, signifiquen atentado contra los derechos fundamentales de las personas hospitalizadas.
- Tercer.- Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.