Micelio
Sentencia de Tutela28 de octubre de 2005

T-1107 de 2005

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Amparo Vargas Alba Vs. Colegio Del Sagrado Corazon De Jesús - Bucaramanga

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educación
  • Padres de familia no pueden abusar de sus derechos e incurrir en cultura del no pago
  • Retención certificado de estudios y documentos
Juez De Tutela
  • Análisis en casos de retención de certificados y documentos por no pago de la pensión en colegio
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho a la educación de menor que fue retirada de colegio para ser matriculada en otro donde le exigen los certificados de estudios que la institución se niega a expedirle hasta tanto no sean pagadas las pensiones adeudadas.

Solicita se ordene la expedición de los certificados requeridos.

Derecho a la educación.

El derecho a la educación implica una relación contractual entre la entidad prestadora del servicio y los padres de familia o tutores de los menores.

Lo anterior da lugar a un vínculo generador de obligaciones recíprocas entre las partes donde cada sujeto jurídico ostenta derechos y obligaciones que nacen a la vida jurídica con ocasión del contrato suscrito.

Prevalencia del derecho a la educación - retención de certificados y documentos.

Cultura del no pago.

La retención injustificada de esta clase de documentos se convierte en una conducta lesiva del derecho a la educación contraria al principio de dignidad humana y atentatoria del derecho al libre desarrollo de la personalidad.

Prevalencia del derecho a la educación y sus límites.

Eventos en que la retencion de documentos resulta inconstitucional.

La jurisprudencia constitucional ha condicionado la protección de los derechos fundamentales a través de la acción de tutela y en particular el de la educación siempre y cuando se acredite ante el juez constitucional ciertos requisitos.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Confirmar la sentencia del diez (10) de mayo de dos mil cinco (2005), proferida por el Juzgado
  2. Quinto. Civil del Circuito por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. Por Secretaria, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.