Sentencia de Tutela8 de febrero de 2000
T-107 de 2000
Ponente Antonio Barrera Carbonell
✓Demandante Carlos Arturo Angulo Murillo
✓
Tema · dato duro
Servicio Militar. Lesiones Adquiridas Cuando Se Encontraba Prestandolo. Problemas De Rodilla Y Columna. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Medio De Defensa Judicial
- Eventuales prestaciones de quien adquirió incapacidad al prestar servicio militar
Derecho A La Salud
- Continuidad en atención médica por adquirir incapacidad durante servicio militar
- Protección de quien prestó servicio militar al encontrarse en circunstancia de debilidad manifiesta
Estado
- Responsabilidad sobre jóvenes reclutados
Servicio Militar
- Atención médica de quien adquiere enfermedad durante su prestación
- Responsabilidad del estado en atención de salud
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia de tutela proferida por el Juzgado
- Tercero. Laboral del Circuito de Santafe de Bogota, el dia 22 de julio de 1999, en cuanto amparo el derecho de peticion y adicionarla en el sentido de CONCEDER al senor Carlos Arturo Angulo Murillo, la tutela del derecho a la salud.
- Segundo. ORDENAR a la Direccion de Sanidad del Ejercito Nacional que en forma inmediata proceda a prestarle los servicios medicos, quirurgicos, hospitalarios y farmaceuticos que requiera Carlos Arturo Angulo Murillo para la rehabilitacion de las lesiones que sufrio con causa y razon de la prestacion del servicio militar, mediante los centros de prestacion de servicios a su cargo.
- Tercero. ORDENAR a la Direccion de Sanidad del Ejercito Nacional que en el termino de un (1) mes, contados a partir de la notificacion de la presente providencia, proceda a convocar el Tribunal Medico - Laboral de Revision Militar y de Policia, solicitado por el accionante el 18 de mayo de 1998.
- Cuarto. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-393/99Der. A La Salud De Los Soldados Que Prestan El Servicio Militar Obligatorio. No Expedicion De Libreta Militar. Cuota De Compensacion Militar. Concedida.T-762/98Der. A La Salud Y A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Tratamiento Especial A Disminuidos Fisicos Y Psiquicos Que Han Prestado El Servicio Militar. Pension De Invalidez. Concedida.T-376/97Der. A La Vida Y A La Salud. Prestacion De Servicios Medicos Y Asistenciales A Reservista. Accidente Ocurrido Durante El Servicio Militar. Concedida
Citada por48
T-343/24Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-No Se Configuraron Los Defectos Fáctico Y Sustantivo (Falla En El Servicio Médico-Referencia Y Contrarreferencia En El Sistema De Salud De Las Fuerzas Militares).T-287/19Principio De Continuidad En La Prestacion Del Servicio De Salud De Ex Miembro De La Fuerza Publica.T-493/18Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Soldado Profesional.T-195/16Derecho A La Salud De Ex Soldado. Obligacion De Las Fuerzas Militares Respecto A Lesiones O Afecciones Adquiridas Durante O Con Ocasiòn De La Prestacion Del Servicio.T-710/14Tutela de 2014T-801/13Tutela de 2013
Ver las 48 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.