Micelio
Sentencia de Tutela2 de diciembre de 2002

T-1062 de 2002

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Diana Pilar Fonseca Bolaños Vs. Juzgado 1 Penal Del Circuito De Santa Marta

Tema · dato duro
Derecho Al Debido Proceso De Menores De Edad. Via De Hecho. Notificacion De Las Victimas O Titulares De La Accion Civil. Extincion De La Accion Penal Por Indemnizacion Integral En Proceso Por Homicidio Culposo. Tasacion De Los Perjuicios. Bienes Juridicos
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, del 13 de agosto de 2002 y en su lugar CONCEDER la tutela al debido proceso de los menores Gonzalo Andrés y Juan Diego Otavo Fonseca.
  2. SEGUNDO. DECLARAR la nulidad del auto del 6 de diciembre de 2001 mediante el cual el Juzgado 1º Penal del Circuito de Santa Marta decretó la cesación de procedimiento a favor de Liu Jen Yu, y ORDENAR que notifique a la señora Diana Pilar Fonseca Bolaños, como representante legal de los menores Gonzalo Andrés y Juan Diego Otavo Fonseca, del trámite de cesación de procedimiento por indemnización integral que se adelanta en ese despacho, de manera tal que pueda allegar pruebas para la determinación de los perjuicios, y controvertir las existentes hasta el momento en el proceso, sin perjuicio de las pruebas que el juez solicite de oficio.
  3. CUARTO. Para los efectos del artículo 36 del decreto 2591 de 1991, el juzgado de origen hará las notificaciones y tomará las medidas conducentes para el cumplimiento de esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.