T-1038 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Alvaro Jose Lloreda Caicedo Y Otro·Demandado Tribunal Superior De Bogota, Sala De Descongestion Penal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia sobre requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Caso en que los accionantes fueron condenados por el delito de estafa agravada en calidad de coautores, impugnada la providencia de segunda instancia condena por peculado por apropiación en calidad de determ
- Improcedencia al no evidenciarse desconocimiento del principio de congruencia ni del derecho de defensa
- Formalidades de la indagatoria a la luz de la Ley 600/00
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Tutela contra providencia judicial.
Los accionantes aducen la ocurrencia de defectos sustantivos y procedimentales absolutos ocurridos en la sentencia de segunda instancia de un proceso penal y en el auto que inadmitió el recurso de casación sobre ésta.
Según los actores, en dichas providencias se desconoció el principio de congruencia entre acusación y condena, pues durante el trámite de la primera instancia se les condenó por el delito de estafa agravada y, en segunda instancia se varió la tipificación del delito y este pasó a ser peculado por apropiación.
Se analiza la siguiente temática: 1º.
Causales específicas de procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y, 2º.
El proceso penal, el principio de congruencia y la variación de la calificación jurídica provisional en la Ley 600 de 2000.
La Sala decide NEGAR POR IMPROCEDENTE la acción de tutela incoada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la decision judicial de no admitir a tramite el amparo constitucional solicitado, y en su lugar, DAR TRAMITE a la accion de tutela de la referencia con base en lo dispuesto en el Auto 100 de 2008 de esta Corporacion.
- Segundo. NEGAR POR IMPROCEDENTE la accion de tutela presentada a traves de apoderado por los senores Alvaro Jose Lloreda Caicedo y Jorge Alberto Lloreda Garces contra las providencias judiciales emitidas por el Tribunal Superior de Bogota Sala Penal de Descongestion de 13 de septiembre de 2007 y la Corte Suprema de Justicia Sala de Casacion Penal de 18 de noviembre de 2010, por las razones expuestas en esta providencia.
- Tercero. LIBRAR por la Secretaria General de esta Corporacion, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
- Notifiquese, comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.