Micelio
Sentencia de Tutela8 de abril de 2024

T-102 de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Pecm·Demandado Municipio De Armenia, Quindío

Tema · dato duro
Armonización Entre Recuperación O Restitución Del Espacio Público (Acción Popular), Frente Al Principio De Confianza Legítima Y Derecho Al Trabajado De Vendedores Informales. Reiteración De Jurisprudencia.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Autoridades Publicas
  • Deber de velar por el respeto y protección de la integridad del espacio público
Desalojo Forzoso
  • Debe adelantarse con el pleno respeto de los derechos fundamentales y debido proceso de las personas desalojadas
  • Autoridades deben aplicar garantías del debido proceso en todos los trámites judiciales y administrativos
Preservacion Del Espacio Publico Y Derecho Al Trabajo De Comerciantes Informales
  • Tensión se resuelve con diseño y ejecución de políticas públicas que estén acordes con los criterios establecidos por la jurisprudencia constitucional
Principio De Confianza Legitima En Materia De Espacio Publico
  • Impone al Estado deber de respetar expectativas favorables que su actuación activa u omisiva genere en vendedores informales
Politicas Publicas De Recuperacion Del Espacio Publico
  • Deben respetar derecho al trabajo, confianza legítima y mínimo vital de vendedores informales
Recuperacion Del Espacio Publico Y Principio De Confianza Legitima
  • Administración está obligada a diseñar e implementar políticas tendientes a contrarrestar efectos negativos y presentar alternativas a vendedores informales
Restitucion De Espacio Publico
  • Prueba de la buena fe de los vendedores informales
Principio De Confianza Legitima Y Buena Fe
  • Límites al ejercicio del deber de la Administración de proteger el espacio público
Vendedor Informal
  • Protección especial de las personas que se dedican a las ventas ambulantes debido a su situación de vulnerabilidad
12 temas · 13 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

La vulneración de derechos fundamentales se atribuye a algunos operativos de desalojo de vendedores ambulantes realizados por la administración municipal accionada, en cumplimiento de una acción popular.

De manera específica se censura el hecho de que en dichos procedimientos se incurrió en un uso desproporcionado de la fuerza y en la afectación directa del derecho al trabajo.

También se cuestiona la falta de ofrecimiento de alternativas de trabajo o reubicación del accionante, a pesar de que desarrollado la actividad de vendedor ambulante por más de doce años y tiene un diagnostico de VIH, artritis reumatoidea, gota, prediabetes, enfermedad renal crónica e hipertensión arterial.

Con la acción de tutela se pidió la reubicación; la realización de un censo; información sobre los programas y ayudas disponibles para atender al grupo de vendedores desalojados y la entrega de ayudas económicas y humanitarias.

Se analizan los siguientes temas: 1º.

El derecho al trabajo el mínimo vital de vendedores ambulantes. 2º.

El principio de confianza legítima y su relación con el especio público. 3º.

Los estándares que deben observarse en las actuaciones administrativas para el desalojo y la reubicación de vendedores informales y, 4º.

Las principales obligaciones de la administración en esa clase de procedimientos.

Se CONCEDE el amparo invocado y se ordena a la entidad territorial verificar la situación personal, familiar, social y económica del accionante, para luego ofrecerle una alternativa económica, laboral o de reubicación, en la cual se tenga presente su estado de salud.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo de única instancia proferido el 28 de julio de 2023 por el Juzgado Laboral Municipal de Pequeñas Causas de Armenia, Quindío, que declaró improcedente la presente acción de tutela. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital y a la igualdad del señor P.E.C.M.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la alcaldía Municipal de Armenia, Quindío, que, en el término de dos (2) días contados a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a verificar la situación personal, familiar, social y económica de P.E.C.M, para luego ofrecerle, en un término no superior a diez (10) días, una alternativa económica, laboral o de reubicación, en la cual se tenga presente su situación de salud.
  3. TERCERO. EXHORTAR a la alcaldía de Armenia (Quindío), a que formule una política pública integral, eficaz y suficiente, en la que tenga en cuenta a aquellas personas que no se encuentran registradas en el censo ordenado por el Juzgado 4 Administrativo de Armenia, Quindío, de conformidad con la parte motiva de esta providencia. Lo anterior, en articulación con la política de trabajo decente, informalidad y uso del espacio público contenida en la Ley 2294 de 2023 (Plan Nacional de Desarrollo).
  4. CUARTO. COMUNICAR la presente decisión a la Defensoría del Pueblo Regional Quindío, para que realice el seguimiento al cumplimiento de las decisiones contenidas en el presente fallo, y si lo considera pertinente, informe a las autoridades y al juez de instancia sobre las dificultades que su ejecución conlleve.
  5. QUINTO. LÍBRENSE por Secretaría General las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.