T-1016 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Pedro Felipe Valencia Vs- El Ministerio De Relaciones Exteriores Y El Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Remisión de dato equivocado para liquidar pensión de jubilación de exembajador
- Vulneración de derechos fundamentales
- Liquidación con base en el salario realmente devengado por el trabajador
- Cumplimiento de requisitos legales
- Incluye principios constitucionales laborales y de seguridad social
- No discriminación en pensiones
- No aporte completo por el patrono no afecta monto legal de la pensión
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 15 de febrero del 2000 por el Juzgado 41 Civil del Circuito de Santafe de Bogota y en su lugar CONCEDER la tutela por los motivos expresados en la parte motiva del presente fallo y ORDENAR al Ministerio de Relaciones Exteriores que envie nuevamente a los Seguros Sociales la informacion veraz sobre la base legal para la pension de vejez del senor Valencia Lopez, a saber: los salarios que el devengo en su cargo de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en el Japon, haciendo como es logico la conversion de los yenes a moneda colombiana para que este nuevo elemento de juicio sea tenido en cuenta por los Seguros Sociales en una correcta liquidacion de la pension de vejez del solicitante, teniendo en cuenta que la pension no puede sobrepasar los 20 salarios minimos.
- Segundo. El Ministerio de Relaciones Exteriores y el exfuncionario PEDRO FELIPE VALENCIA LOPEZ entregaran al Seguro Social, en la proporcion que les corresponde, la parte que no aportaron, haciendose las deducciones segun se indico en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Por Secretaria librense las comunicaciones previstas en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Reconocer al doctor Jorge Arango Mejia como apoderado sustituto del actor en la tutela de la referencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.