T-090 de 2007
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Sandra Actuando Como Agente Oficioso Del Menor Julio Vs. Instituto De Bienestar Familiar Icbf
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decisión del ICBF de asignar el menor a un adoptante único y no a una pareja, respetó los criterios que protegen el interés superior del menor
- Reglas que se deben tener en cuenta en la asignación de un menor a una familia adoptante
- Solicitud de pareja de extranjeros no llegó a tiempo a la dependencia correcta del ICBF
- Orden cronológico de presentación de solicitudes no es criterio determinante para decidir la asignación de un menor
- Solicitud hecha por adoptante único extranjero y por pareja de extranjeros
- Proceso de entrega del menor adoptante a su padre extranjero debe continuar sin dilaciones
- Adopción de menor colombiano por un extranjero es legítima
- Criterios jurídicos para determinarlo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho del menor a tener una familia habiendo sido declarado en abandono por la decision de la entidad de asignar al menor en adopcion a un extranjero soltero que cumplio con los tramites previstos para el efecto y no tuvo en cuenta en dicha decision a una pareja igualmente extranjera que tambien habia culminado el tramite legal para realizar solicitudes de adopcion debido a que su solicitud no llego a la dependencia correcta del icbf antes de que se llevara a cabo la sesion del comite de adopcion.solicita se ordene la suspension de los tramites y gestiones para el encuentro del menor con el padre asignado por el icbf.reiteracion de la jurisprudencia sobre la prevalencia del interes superior de los menores.
Criterios juridicos generales relevantes para determinar el interes superior del menor.
Reglas a tener en cuenta en la asignacion de un menor a una familia adoptante.la decision del icbf de asignar al menor al adoptante español no desconoce el interes superior del menor o al menos no obra prueba en el sentido de que dicho interes superior no haya sido el criterio determinante en la escogencia del padre adoptante.se ordena continuar con el proceso de adopcion del menor.negada
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. CONFIRMAR en los terminos de esta providencia la decision del 30 de octubre de 2006 del Juzgado diecinueve de Familia de Bogota mediante la cual denego la tutela y por lo tanto ORDENAR que se continue con el proceso de adopcion del menor Julio en aras de garantizar sus derechos fundamentales y promover su interes superior.
- SEGUNDO. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que adopte las medidas para garantizar que las solicitudes de adopcion presentadas por las instituciones autorizadas para llevar a cabo programas de adopcion lleguen de manera oportuna a la instancia adecuada para ser debidamente consideradas en la sesion correspondiente del Comite de Adopciones.
- TERCERO. ORDENAR al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar que en el evento en que la pareja italiana presentada por la Casa de Adopciones continue con su deseo de adoptar a un menor colombiano, su solicitud tenga prevalencia en el orden de asignaciones, valorando en todo caso la promocion del interes superior del menor.
- CUARTO. LIBRAR las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.