Micelio
Sentencia de Tutela20 de enero de 2005

T-019 de 2005

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Ayda Del Carmen Narváez Ibarra Vs. Iss

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Licencia De Maternidad
  • Pago por tutela cuando afecta el mínimo vital de la madre y su hijo
  • Reglas aplicables para el pago
  • Pago por allanamiento a la mora por EPS
  • Término hasta de un año después del nacimiento del niño para reclamar por tutela
Accion De Tutela Contra El Seguro Social
  • Plazo hasta de un año para reclamar licencia de maternidad
2 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion y el minimo vital de afiliada a quien la entidad se niega a reconocerle y pagarle la licencia de maternidad.

Solicita se ordene el pago de la licencia.

Reglas para la procedencia de la accion de tutela para el pago de la licencia de maternidad.

Minimo vital y pago de la licencia.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Tercero. Civil del Circuito de Pasto de 8 de septiembre de 2004. En consecuencia, CONCEDER la tutela protegiendo los derechos fundamentales de petición y el mínimo vital de la señora Ayda del Carmen Narváez Ibarra y su hija.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al Seguro Social, Seccional Nariño que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes, contadas a partir de la notificación del presente fallo, proceda a pagar la licencia de maternidad a la señora Ayda del Carmen Narváez Ibarra.
  4. TERCERO. LÍBRESE por Secretaría las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.