C-987 de 2005
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
✓Demandante Emilio Jose Archila Peñalosa
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia excepcional de la Corte Constitucional
- Objeto sobre el que recae
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Deber de certeza de los cargos de inconstitucionalidad
- Diferencias
- Ausencia de pertinencia y certeza en los cargos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Estatuto organico del sistema financiero (decreto 663 de 1993) articulo 208 numeral 5º tal como fue modificado por el articulo 45 de la ley 795 de 2003.
Regimen sancionatorio aplicable a las entidades vigiladas por la superintendencia bancaria asi como a los directores administradores representantes legales revisores fiscales u otros funcionarios o empleados de estas.
Estima el ciudadano que el inciso acusado vulnera los articulos 29 y 13 de la constitucion política.
Los requisitos de la demanda de inconstitucionalidad.
Las razones expuestas por el actor para fundamentar sus cargos carecen de los requisitos de certeza y pertinencia exigidos por lo que no procede un pronunciamiento de fondo acerca de la constitucionalidad de la disposicion demandada.
Inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 663/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo respecto del numeral 5 del artículo 208 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993) tal como fue modificado por el artículo 45 de la Ley 795 de 2003, por ineptitud sustancial de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.