Micelio
Sentencia de Constitucionalidad21 de octubre de 2003Sala Plena

C-969 de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Marcela Patricia Jimenez Arango

Tema · dato duro
Decreto 262 De 2000. Art. 218 (P). Periodo De Prueba Para Empleado Seleccionado Por Concurso. Exequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Carrera Administrativa En La Procuraduria
  • Ingreso, permanencia y ascenso
  • Concepto
Carrera Administrativa
  • Concepto y fines
  • Proceso de selección
  • Aspectos fundamentales interrelacionados
  • Excepciones
Empleado De Carrera
  • Nombramiento en periodo de prueba por concurso abierto no implica desempeño simultáneo de más de un empleo público
  • Periodo de prueba por ascenso que ocasiona cambio de nivel
  • Situación de hecho es distinta a la del que no lo es
Periodo De Prueba
  • Efectos de la calificación de servicios no satisfactoria de empleado inscrito en carrera
  • Estabilidad y permanencia en el cargo anterior
  • Etapa del proceso de selección
  • Durante esta etapa el empleado no es titular del cargo
  • Insubsistencia por calificación insatisfactoria
Libertad De Configuracion Legislativa En Carrera Administrativa
  • Límites en regulación de causales de retiro
Vacancia
  • Como resultado del ascenso con periodo de prueba
8 temas · 18 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 262/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 218Decreto 262/00EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE el aparte acusado del Art. 218 del Decreto ley 262 de 2000, por los cargos examinados en esta sentencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.