Micelio
Sentencia de Constitucionalidad10 de noviembre de 1999Sala Plena

C-897 de 1999

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Efrain Gomez Cardona

Tema · dato duro
Ley 488/98 Art. 126 Disposiciones Fiscales En Materia Tributaria En Entidades Territoriales. Sobretasa A La Gasolina Y Acpm. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Norma Legal
  • Sujeta a diferentes interpretaciones
Sobretasa Al Acpm
  • Fuente exógena de financiación de entidades territoriales
  • Titularización de recursos
Contratacion Administrativa
  • Materia de ley ordinaria
Entidades Territoriales
  • Fuentes de financiación
Sobretasa A La Gasolina
  • Titularización de recursos
  • Destinación de recursos
  • Fuente endógena de financiación de entidades territoriales
Tributo
  • Criterios para identificar entidad a que pertenece
8 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 488/98. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE, pero exclusivamente por no encontrar vulnerados los principios de unidad de materia y de coherencia normativa (arts. 158 y 164 C.P.), el primer inciso del articulo 126 de la Ley 488 de 1998.
  4. Segundo. Declarar EXEQUIBLE la expresion "solo podra ser destinada a los fines que regulan la materia" del primer inciso del articulo 126 de la Ley 488 de 1998, pero, exclusivamente, si se refiere a las rentas provenientes de la sobretasa al ACPM cedidas a las entidades territoriales. No obstante, la mencionada disposicion, es INEXEQUIBLE en cuanto se refiere a los recursos propios de las entidades territoriales, obtenidos en virtud de la titularizacion de la sobretasa a la gasolina motor extra y corriente, de que trata el articulo 117 de la misma Ley.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.