C-790 de 2002
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Jose Yecid Cordoba Vargas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Presentación por apoderado de persona jurídica
- Presentación por representante de persona jurídica en calidad de ciudadano
- No invocación de calidad de ciudadano
- Presentación por apoderado judicial
- Titularidad
- Límites
- Normas restrictivas de libertades y derechos ciudadanos
- Gestión concreta y preventiva en uso y distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales
- Competencia de autoridades administrativas
- Significado y alcance
- Significado
- Sujeción a la ley
- Competencia exclusiva y excluyente para limitar libertades y derechos ciudadanos
- No delegación en órganos administrativos
- Restricción de libertades y derechos ciudadanos
- No sustitución por reglamentos presidenciales o actos de asambleas departamentales
- Concepto
- Regulación legislativa de uso y comercialización de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales
- Reserva legislativa
- Distribución y venta de pólvora por mayores de edad
- Uso y distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales, graduándolos en categorías
- Protección frente a uso y distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales
- Producción, uso y distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales
- Cargo concreto, específico y directo
- Requisitos mínimos
- Producción, uso y distribución de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales
- Cargo por fuera del supuesto de hecho previsto en disposición acusada
- Significado
- Restricción de derechos fundamentales
- No resulta paralela o subsidiaria a la del órgano legislativo
- Sujeción a la ley
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 670 de 2001.
Art. 4 (p.).
Desarrolla (p.).
Art. 44 constitucion politica para garantizar la vida integridad fisica y recreacion del niño expuesta al riesgo por el manejo de articulos pirotecnicos explosivos o fuegos artificiales.
Permiso de alcaldes municipales
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 670/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "Los alcaldes municipales y distritales podran permitir el uso y la distribucion de articulos pirotecnicos o fuegos artificiales", "graduando en las siguientes categorias" del inciso
- primero. del articulo 4deg de la Ley 670 de 2001, y la expresion "las autoridades" del paragrafo de la misma disposicion legal, en relacion con los cargos analizados en esta providencia.
- SEGUNDO. Declararse INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con el cargo por violacion al articulo 13 de la Constitucion.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.