C-739 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Juan Diego Buitrago Galindo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Asistencia en salud y pensión de persona natural cuando duración sea igual o inferior a tres meses ante supresión de trámites
- Celebración con personas naturales cuando no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados
- No admisión de "carrusel contractual"
- Acceso de contratistas a seguridad social y contribución con financiación
- Celebración con personas naturales o jurídicas para administración o funcionamiento
- Finalidad
- No acreditación afiliación a salud y pensión con duración igual o inferior a tres meses para supresión de trámites
- Distinción
- Justificación de trato diferente
- Desconocimiento de irrenunciabilidad
- Afiliación
- Irrenunciabilidad
- Razón suficiente que justifique trato desigual
- Prestación
- Afiliación de trabajadores a salud y pensiones
- No titularidad
- Justificación de tratamiento diferenciado
- Principios
- Definición
- Derecho de los individuos
- Carácter prestacional
- Regímenes
- Posibles violaciones de la Constitución formuladas por el Procurador General
- Formulación por el actor y no por el Procurador General
- No acreditación afiliación a salud y pensión en prestación de servicios de persona natural con el Estado
- No titularidad de todos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Decreto 2150 de 1995.
Art. 114 (p.).
Supresion y regulacion de procedimeintos o tramites innecesarios en la administracion publica.
Contratos de prestacion de servicios celebracion con personas juridicas y naturales.
Principio de universalidad y solidaridad
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2150/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, pero sólo por los cargos estudiados en esta Sentencia, el artículo 114 del Decreto Ley 2150 de 1995.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.