C-709 de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Luis Enrique Olivera Petro·Demandado Acto Legislativo 05 De 2012
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Importancia
- Limitaciones
- Requisitos
- Cumplimiento de las exigencias contempladas en el decreto 2067 de 1991
- Destinación de recursos
- Inhibición para proferir un pronunciamiento de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda
- Carga argumentativa no permite identificar que las razones por las cuales el elemento identificado por el demandante, constituye un elemento definitorio o esencial de la Constitución Política
- Incremento de la carga argumentativa
- Ausencia de certeza, claridad, especificidad y suficiencia de los cargos de inconstitucionalidad impide que la Corte pueda emitir un pronunciamiento de fondo contra el Acto Legislativo 5 de 2011
- Suscita una inevitable tensión entre la legitimación mayoritaria que acompaña a las disposiciones adoptadas por el Congreso o expedidas por el Presidente y la necesidad de asegurar la vigencia de las normas co
- Fijación de denominada premisa mayor en donde se aprecia si la reforma introduce un nuevo elemento esencial a la Constitución
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
- Explotación causa a favor del Estado contraprestación económica a título de regalía
- Destinación de recursos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el Acto Legislativo 05 de 2012, por el cual se constituye el Sistema General de Regalías, se modifican los artículos 360 y 361 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones sobre el Régimen de Regalías y Compensaciones.
El demandante solicita que se declare la inconstitucionalidad del acto legislativo acusado y fundamenta su solicitud en un único cargo, este es, el exceso en el ejercicio del poder de reforma constitucional por parte del Congreso de la República.
La Corte encuentra que, si bien la demanda se fundamenta en una eventual sustitución de la Constitución, esta carece de certeza, claridad, especificidad y suficiencia en los cargos de inconstitucionalidad planteados, por lo que se reitera que el juicio de sustitución no es un examen de fondo en torno al contenido del acto reformatorio de la Constitución, sino sobre la competencia del órgano encargado de adelantar la reforma, que no puede sustituir los ejes axiales que definen el estatuto Constitucional.
La Sala Plena decide declararse INHIBIDA para proferir un pronunciamiento de fondo por ineptitud sustantiva de la demanda. <br> <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Acto_legislativo 5/11. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- RESUELVE
- INHIBIRSE para proferir un pronunciamiento de fondo sobre el Acto Legislativo 5 de 2011, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.