Micelio
Sentencia de Constitucionalidad19 de septiembre de 2011Sala Plena

C-688 de 2011

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Jhoan Osorio Plazas Y Otros·Demandado Ley 1425 De 2010

Tema · dato duro
Cosa Juzgada Constitucional En Derogacion De Normas Que Establecen Un Incentivo Economico Para El Actor De Acciones Populares
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derogacion De Normas Que Establecen Incentivos Economicos Para El Actor De Acciones Populares
  • No desconoce el principio de progresividad, ni la prohibición de regresividad de los derechos sociales
Derogacion De Normas Que Establecen Un Incentivo Economico Para El Actor De Acciones Populares
  • Existencia de cosa juzgada constitucional
  • No es una restricción irrazonable o desproporcionada del derecho político
  • No vulnera el principio de igualdad y equidad de las cargas públicas
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Aplicación del principio pro actione
  • Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
  • Obligación del demandante de exponer coherentemente los cargos por los cuales estima violado el ordenamiento
4 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra la ley 1425 de 2010, Por medio de la cual se derogan artículos de la Ley 472 de 1998.

Acciones Populares y de Grupo.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Frente a la derogatoria de los incentivos de las acciones populares los actores hacen múltiples cuestionamientos, algunos de ellos relacionados con la presunta violación al principio de progresividad, menoscabo de los principios de buena fe, equidad y confianza legítima en la aplicación del sistema de fuentes del derecho, entre otros.

La Corte concluye que con independencia de las normas constitucionales señaladas como infringidas, buena parte de los cargos propuestos en las demandas objeto de revisión ya fueron analizados y desestimados por la Corporación en la sentencia C-630/11, por lo que debe entenderse que ha operado el fenómeno de la cosa juzgada constitucional.

Frente a otros reproches planteados, la Corte se abstiene de emitir pronunciamiento alguno ante la ineptitud sustantiva en la formulación de los cargos.

Se decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-630/11, mediante la cual se declaró exequible la Ley 1425 de 2010.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1425/10. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Sobre toda la normaLey 1425/10ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del Pueblo y por mandato de la Constitucion
  2. RESUELVE
  3. ESTARSE a lo resuelto en la Sentencias C-630 de 2011, mediante la cual se declaro EXEQUIBLE la Ley 1425 de 2010.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.