C-263 de 2014
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Andre Daniel Nuñez Donado Y Otro·Demandado Ley 1306 De 2009, Articulo 14 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ineptitud sustantiva de la demanda por incumplimiento de requisitos de certeza pertinencia y suficiencia en los cargos
- Inhibición para emitir pronunciamiento de fondo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 14 (parcial) de la Ley 1306 de 2009, por la cual se dictan normas para la protección de personas con discapacidad mental y se establece el régimen de la representación legal de incapaces emancipados.
Consideran los demandantes que la disposición objeto de censura constitucional contraviene lo dispuesto en los artículos 13, 29, 86 y 229 de la Constitución Política y los artículos 8 y 10 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Para ellos, la preceptiva demandada establece cargas desiguales e injustificadas a la población discapacitada mental al momento de ejercer la acción de tutela, pues no permite que sea un mecanismo eficaz para la defensa de sus derechos.
Al encontrar que los cargos de inconstitucionalidad formulados en esta oportunidad carecen de certeza y pertinencia, la Corte decide INHIBIRSE de emitir pronunciamiento de fondo, por ineptitud sustantiva de la demanda. <br> <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1306/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo sobre el aparte normativo acusado del articulo 14 de la Ley 1306 de 2009, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.