C-306 de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Jose Joaquin Gonzalez Carrillo·Demandado Codigo De Procedimiento Civil Articulo 458 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter relativo y no absoluto
- Carácter relativo y no absoluto habilita al legislador y excepcionalmente a las autoridades administrativas para establecer restricciones a dicho derecho cuando medien razones de interés general que razonablemente las justifiquen
- Límites
- Principios constitucionales
- Restricciones razonables y justificadas
- Desarrollo normativo y jurisprudencial
- Contenido y alcance
- Condición de registro de la sentencia de expropiación y del acta de entrega no desconocen la exigencia constitucional de que la indemnización al propietario del bien expropiado, debe ser previa a la entrega del mismo
- No siempre es restitutiva
- No tiene que ser pagada en dinero en efectivo, salvo que se trate de vivienda familiar
- Carácter justo
- Condiciones
- Función reparadora
- Oportunidad para el pago
- Función social constitucional
- Concepto de violación
- Aplicación del principio pro actione
- Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
- Examen no puede convertirse en un método de apreciación tan estricto que haga nugatorio el derecho reconocido al actor
- Requisitos mínimos
- Participación de las tres ramas del poder público
- Desarrollo legal
- Jurisprudencia constitucional
- Jurisprudencia constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra un segmento del artículo 458 del Código de Procedimiento Civil.
El actor solicita que se declare la inexequibilidad del segmento “Registradas la sentencia y el acta, se entregará a los interesados su respectiva indemnización”, porque resulta vulneradora del artículo 58 de la Constitución, al establecer una indemnización posterior y no previa a raíz de la expropiación de un bien particular por vía judicial y, por producir una grave afectación del derecho a la vivienda.
La Corte evidencia que la condición de registro de la sentencia de expropiación y del acta de entrega no desconoce la exigencia constitucional de que la indemnización al propietario del bien expropiado, debe ser previa a la entrega del mismo.
La expresión acusada se declara EXEQUIBLE por el cargo analizado.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, el segmento acusado "Registradas la sentencia y el acta, se entregara a los interesados su respectiva indemnizacion", del articulo 458 del Codigo de Procedimiento Civil.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.