C-678 de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Ivan Mauricio Mejia Alarcon·Demandado Ley 1558 De 2012, Articulo 16
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No libera de obligación, que trámite se inicie en Cámara de Representantes
- Inexequibilidad
- Proceso legislativo
- Contenido
- Jurisprudencia constitucional
- Interpretación
- Sustento constitucional
- Excepciones
- Término de caducidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 16 de la Ley 1558 de 2012, por la cual se modifica la Ley 300 de 1996, Ley General de Turismo, la Ley 1101 de 2006 y se dictan otras disposiciones.
Alegó el accionante la existencia de un vicio de procedimiento, ya que a la luz de la regla establecida en el inciso 4º del artículo 154 de la Constitución, por tener, en su contenido normativo materia tributaria, el trámite legislativo debió iniciar en la Cámara de Representantes y no en el Senado de la República.
La Sala encuentra que en el caso bajo estudio no se encuentran las excepciones para que un trámite de carácter tributario sea iniciado en el Senado de la República y no en la Cámara de Representantes y, por ello, decide declarar la INEXEQUIBILIDAD del artículo 16 de la Ley 1558 de 2012.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1558/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- PRIMERO. Declarar INEXEQUIBLE el articulo 16 de la Ley 1558 de 2012, por el cargo analizado en esta providencia relativo a la violacion del inciso 4 del articulo 154 de la Constitucion Politica.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.