C-592 de 1998
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Jaime Enrique Lozano Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Regímenes diferenciados atendiendo la gravedad del hecho punible
- Incompetencia por falta de legitimación por activa
- Naturaleza política
- Objeto
- Competencia del Congreso para establecer regímenes diferenciados de juzgamiento y tratamiento penitenciario
- No es sinónimo de identidad absoluta
- Proporcionalidad y razonabilidad de trato diferenciado de procesados
- Violación por regímenes diferenciados de libertad condicional
- Impide instaurar acción de inconstitucionalidad
- Prohibición de instaurar acción de inconstitucionalidad
- Exclusión de ciertos delitos
- Diferentes regímenes
- No se vulnera al deferir facultades en autoridad administrativa
- No violación por régimen de libertad condicional
- Diferencia de trato en concesión libertad provisional y libertad condicional
- Fines
- Función
- Función en diferentes etapas de la acción punitiva del Estado
- No transgresión por régimen benévolo de libertad condicional
- Desconocimiento por regímenes diferenciados de libertad condicional
- No menoscabo por regímenes diferenciados de beneficios penales
- Fallo inhibitorio por falta de legitimación por activa
- Todos los delitos conllevan pena de prisión y de interdicción de derechos y funciones públicas
- Compatibilidad con potestad punitiva del Estado
- Condenado que es investigado en una causa distinta
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 415/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declárase INHIBIDA para proferir decisión de mérito en cuanto a la demanda de inconstitucionalidad promovida por JORGE ELIECER PINEDA LARGO y otros internos de la Cárcel del Distrito Judicial de Armenia, en su condición de condenados por la Justicia Regional.
- Segunda.- Decláranse EXEQUIBLES los segmentos acusados de los artículos 1º., 2º. y 3º., así como el artículo 4º. de la Ley 415 de 1997 "Por la cual se consagran normas de alternatividad en la legislación penal y penitenciaria y se dictan otras disposiciones tendientes a descongestionar los establecimientos carcelarios del país."
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.