Micelio
Sentencia de Constitucionalidad12 de septiembre de 1996Sala Plena

C-430 de 1996

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Jorge Enrique Figueroa Y Otro

Tema · dato duro
Ley 228/95. Arts. 5 Parcial7810 Parcial1318 Parcial31 Y 36 Parcial. Contravenciones. Exequible E Inexequible.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

12 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 228/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 10Ley 228/95ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 13Ley 228/95EXEQUIBLE
Art. 18Ley 228/95 «parágrafo 2»EXEQUIBLE
Art. 31Ley 228/95EXEQUIBLE
Art. 36Ley 228/95EXEQUIBLE
Art. 5Ley 228/95INEXEQUIBLE· parcial
Expresión declarada inexequible«Las personas condenadas por las contravenciones a que se refiere la presente Ley no tendrán derecho a la condena de ejecución condicional»
Art. 7Ley 228/95INEXEQUIBLE
8 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (11 puntos)
  1. Primero. Declarar exequible el inciso
  2. primero. del artículo 5 de la ley 228 de 1995, salvo la parte que dice: "Las personas condenadas por las contravenciones a que se refiere la presente Ley no tendrán derecho a la condena de ejecución condicional", que se declara inexequible.
  3. Segundo. Declarar inexequible el artículo 7 de la ley 228 de 1995.
  4. Tercero. Declarar exequible en forma condicionada el artículo 8 de la ley 228 de 1995, en el entendido de que la expresión "o cualquier otra sustancia semejante que sirva para colocar en estado de indefensión a las personas", se refiere a aquellas sustancias que producen los mismos efectos de la escopolamina y no se utilizan como medicamentos ni como estupefacientes.
  5. Cuarto. Estarse a lo resuelto en la sentencia No. C-364 del 14 de agosto de 1996, en relación con el artículo 10 de la ley 228 de 1995.
  6. Quinto. Declarar exequible el artículo 13 de la ley 228 de 1995.
  7. Sexto. Declarar exequible el numeral 3 del artículo 18 de la ley 228 de 1995.
  8. Séptimo. Declarar exequible el parágrafo 2 del artículo 18 de la ley 228 de 1995.
  9. Octavo. Declarar exequible el artículo 31 de la ley 228 de 1995.
  10. Noveno. Declarar exequible el aparte del inciso
  11. segundo. del artículo 36 de la ley 228 de 1995 que establece: "A esta disminución punitiva no tendrán derecho las personas que hayan sido condenadas por delitos o contravenciones dolosos durante los cinco (5) años anteriores".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.