Micelio
Sentencia de Constitucionalidad5 de diciembre de 2019Sala Plena

C-589 de 2019

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Andrea Del Pilar Rojas Mendez·Demandado Ley 25 De 1992

Tema · dato duro
Divorcio Por Consentimiento De Ambos Cónyuges Manifestado Ante Juez Competente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Contrato Matrimonial
  • Obligaciones personales y patrimoniales
  • Efectos
Deber De Solidaridad En Relaciones Conyugales
  • Alcance respecto del auxilio mutuo
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Competencia de la Corte Constitucional
  • Aun cuando debe ser evaluada de acuerdo con el principio pro actione, en todo caso es necesario que en ella concurran unas condiciones mínimas de procedibilidad
  • Cumplimiento de requisitos de claridad, certeza, especificidad, pertinencia y suficiencia
  • Contradicción entre contenido de disposición acusada y texto de la Constitución
  • Ineptitud sustantiva
Disolucion De Matrimonio
  • Regulación por ley
Divorcio Sancion
  • Concepto según la doctrina
Matrimonio
  • No se puede obligar a las personas a mantener el vínculo
  • Regulación y formalidades corresponden por expreso mandato constitucional al legislador
  • Voluntad de los contrayentes es la que debe regir su disolución
Inhibicion De La Corte Constitucional Por Ineptitud Sustantiva De La Demanda
  • Incumplimiento de requisitos de especificidad y suficiencia
Concepto De Violacion En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Razones claras, ciertas, específicas, pertinentes y suficientes
  • Jurisprudencia constitucional
Causales De Divorcio
  • Clasificación según la jurisprudencia y la doctrina
Derechos Al Libre Desarrollo De La Personalidad E Intimidad
  • Garantizan la posibilidad de tomar decisiones libres sobre asuntos personales sin injerencias del Estado o los particulares
Divorcio Remedio
  • Concepto según la doctrina
Divorcio
  • No extingue totalmente obligaciones legales
  • Pago de alimentos al cónyuge inocente
  • Causales objetivas y subjetivas
Familia
  • Protección constitucional especial
Principio Pro Actione En Demanda De Inconstitucionalidad
  • Cumplimiento de requisitos argumentativos mínimos
16 temas · 26 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del numeral 9 del artículo 6 (parcial) de la Ley 25 de 1992.

En el presente caso se demandó la causal de divorcio basada en el consentimiento de “ambos cónyuges”.

Según la demandante, dicha disposición vulnera los artículos 13 (derecho de igualdad) y 16 (autonomía personal) Superiores, en lo que atañe a la libertad del cónyuge que quiera divorciarse.

En su parecer, exigir que tal decisión deba ser de “ambos”, limita el derecho de toda persona a tomar decisiones que determinan el curso de su vida.

Aduce que tal restricción es irrazonable y desproporcionada puesto que toda persona es autónoma de tomar decisiones sin la interferencia de un tercero o del Estado mismo y por tal, no resulta válido obligar a una persona contra su voluntad, a mantener el vínculo matrimonial.

La Corte encontró que la demanda no cumplía con los requisitos de especificidad y suficiencia de los cargos exigidos por la ley y precisados por la jurisprudencia, para emitir un pronunciamiento de fondo y, por ello, decidió declararse INHIBIDA

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 84/73. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 154Ley 84/73EXEQUIBLE
Art. 6Ley 25/92INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo acerca de la expresion "de ambos conyuges" contenida en numeral 9 el articulo 6o de la Ley 25 de 1992, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoAlberto Rojas RíosAclaraciónJosé Fernando Reyes Cuartas
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.