Micelio
Sentencia de Constitucionalidad25 de julio de 2007Sala Plena

C-553 de 2007

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Juan Antonio Duque Duque

Tema · dato duro
Reserva De Ley Marco En Actividad Aseguradora. Régimen De Constitución E Inversión De Reservas Técnicas En Actividad Aseguradora
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reserva De Ley Marco En Actividad Aseguradora
  • Régimen de constitución e inversión de reservas técnicas en actividad aseguradora
Reservas Tecnicas En Actividad Aseguradora
  • Normas a las cuales debe sujetarse el gobierno para regularlas
Ley Marco
  • Concepto
  • Distribución de competencias entre legislador y ejecutivo
  • Materias de las que se ocupa
Ley Marco Y Reservas Tecnicas En Actividad Aseguradora
  • Legislador sí estableció criterios y parámetros que deben guiar al Gobierno Nacional para el desarrollo de funciones regulatorias
Reservas Tecnicas O Matematicas
  • Diferencia con el concepto de reserva stricto sensu o reserva patrimonial
Reservas Tecnicas
  • Clasificación
  • Sistemas de cálculo
7 temas · 10 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 795 de 2003 articulo 43.

Se ajustan algunas normas del estatuto organico del sistema financiero y se dictan otras disposiciones.

Regimen de las reservas tecnicas e inversiones.el actor manifiesta que el legislador no puede delegar competencia en el ejecutivo para regular estas materias sin una norma legal en que previamente se determinen los criterios objetivos parametros e instrumentos de intervencion pues esta competencia en cabeza del gobierno no puede ser irrestricta amplisima o ilimitada.naturaleza objeto y caracteristicas de las leyes marco tambien llamadas leyes cuadro o generales.

Las leyes marco destinadas a regular las actividades financiera bursatil aseguradora y cualquiera otra relacionada con el manejo aprovechamiento e inversion de los recursos captados del publico.

La constitucion ha dispuesto un reparto de competencias entre el congreso y el presidente de la republica.

La diferencia ente competencias legislativas y las competencias gubernamentales no esta dada por las materias que corresponde regular al congreso y al presidente sino por el momento en que cada uno interviene profiirendo la regulacion y el mayor o menor grado de generalidad regulativa que a cada cual corresponde.

Los criterios y orientaciones generales del objeto de la regulacion marco pueden estar contenidos en una ley general relativa a las actividades financiera bursatil y aseguradora y cualquier otra relacionada con el manejo aprovechamiento e inversion de recursos captados del publico no necesariamente debe expedirse una ley exclusiva para cada una de estas materias.

El regimen de las reservas tecnicas e inversiones de las entidades aseguradoras y de aquellas que administran el sistema general de riesgos profesionales.

Nocion y clasificacion de las reservas.

La obligacion constitucional de regular el asunto de las reservas tecnicas de las entidades aseguradoras y de las que administren el sistema general de riesgos profesionales acudiendo a la tecnica de las leyes marco.

Alcance normativo del articulo 43 de la ley 795 de 2003.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 795/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 43Ley 795/03EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos estudiados, el articulo 43 de la Ley 795 de 2003, "por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Organico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones" .
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.