C-564 de 2000
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Juan Carlos Rodriguez Covaleda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Establecimiento e imposición de sanciones
- Antecedentes normativos
- Control y vigilancia según competencia determinada
- Función compartida
- Composición
- Control y vigilancia por entidades distintas
- Control y vigilancia tripartita
- Diversidad respecto de entidades que ejercen control y vigilancia
- Operaciones diversas
- Diversidad no vulnera la igualdad
- Diversidad según operación realizada
- Competencia reglada
- Determinación
- Aspectos
- Control y vigilancia según competencia ordinaria
- Trato diferente por actividad realizada
- Aplicación
- Aplicación
- Reserva de ley, determinación clara, razonabilidad y proporcionalidad
- Control y vigilancia según competencia ordinaria
- Expedición de régimen sancionatorio
- Clasificación detallada en normas tipo desconoce naturaleza
- Regulación de sanción en norma distinta
- Multa
- Remisiones normativas para tipificación
- Régimen sancionatorio específico según operaciones de cambio
- Establecimiento distinto
- Antecedentes normativos
- Control y vigilancia según competencia ordinaria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Dec. 1746/91.
Art. 3 parcial.
Sanciones por infraccion del regimen cambiario.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1746/91. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declárase EXEQUIBLE el artículo 3 del decreto 1746 de 1991.
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.