Micelio
Sentencia de Constitucionalidad30 de abril de 2008Sala Plena

C-426 de 2008

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Nestor Adelmo Martinez Martinez Y Otros

Tema · dato duro
Cosa Juzgada En Detencion Preventiva Por Juez Penal De Circuito Especializado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Interposición por persona que ha sido objeto de medida de aseguramiento
  • Legitimación para interponerla
Aclaracion De Voto
  • Sentido y contenido de opinión disidente
Cosa Juzgada Constitucional Y Un Nuevo Juicio De Constitucionalidad
  • Procedencia cuando se plantea dentro de un nuevo contexto
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Imposibilidad de ser presentada por aplicación automática de la inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones publicas
Salvamento De Voto
  • Sentido y contenido de opinión disidente
Ejercicio De La Magistratura En La Corte Constitucional
  • Aspectos en los que se refleja su pluralismo
Inhabilidades Para El Ejercicio De Derechos Y Funciones Publicas
  • Opera automáticamente como pena accesoria siempre que se imponga la privación de la libertad
  • Pena accesoria automática a la pena privativa de la libertad resulta en ciertos casos desproporcionada por su carácter indiscriminado
Penas Privativas De Otros Derechos
  • Inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas
  • Podrán ser impuestas como principales o accesorias
Cosa Juzgada Constitucional
  • Inexistencia
  • Configuración
11 temas · 17 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 65 de 1993 articulo 147 numeral 5 (parcial), modificado por la ley 504 de 1999 articulo 29.

Se expide el codigo penitenciario y carcelario.

Permiso hasta de setenta y dos horas para salir del establecimiento carcelario a los condenados que reunan, entre otros requisitos, el haber descontado el setenta por ciento (70%) de la pena impuesta, tratandose de delitos de competencia de los jueces penales del circuito especializados.<br>sostienen los demandantes que la disposicion acusada vulnera los articulos 13 y 93 superiores, toda vez que establece un trato diferenciado injustificado entre los condenados por la justicia especializada y aquellos condenados por la justicia ordinaria, respecto al tiempo de la pena cumplida para la concesion del permiso de setenta y dos horas, al exigirse para los primeros el 70% de la pena impuesta mientras que para los segundos solo una tercera parte. <br>configuracion de la cosa juzgada constitucional.<br>en el presente asunto se observa que se ha configurado la cosa juzgada constitucional, ya que una vez observada la sentencia c-392 de 2000, se tiene que en ella se analizo la constitucionalidad de la norma legal aquí atacada.

Ha de señalarse, ademas, que la decision de exequibilidad no fue restringida o limitada expresa o implicitamente en sus efectos.

De ahí que mucho menos se haya configurado una cosa juzgada aparente, en razon a que existio motivacion expresa en el cuerpo de la sentencia sobre la disposicion acusada, lo cual imposibilita la presentacion de una nueva demanda.<br>estarse a lo resuelto en la sentencia c-392 de 2000, que declaro exequible el articulo 29 de la ley 504 de 1999, que modifico el numeral 5 del articulo 147 de la ley 65 de 1993.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 504/99. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 29Ley 504/99ESTARSE A LO RESUELTO
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. RESUELVE :
  3. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-392 de 2000, que declaró exequible el artículo 29 de la Ley 504 de 1999, que modificó el numeral 5 del artículo 147 de la Ley 65 de 1993.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
AclaraciónManuel José Cepeda EspinosaSalvamentoAlvaro Tafur GalvisSalvamentoHumberto Antonio Sierra Porto
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.