Micelio
Sentencia de Constitucionalidad13 de noviembre de 2013Sala Plena

C-827 de 2013

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Eckard Rodriguez Perez Y Otros·Demandado Ley 1592 De 2012, Articulos 19 Y 35 Parciales

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud Sustantiva De La Del Demanda De Norma De La Ley 1592 De 2012
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Publica De Inconstitucionalidad En El Marco De Un Proceso Judicial
  • No se enmarca de manera precisa en el escenario de la conformación o ejercicio del poder político
Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Permite ejercer un control judicial, no un control político del poder político
  • Exigencias que condicionan su ejercicio
  • Falta de legitimación por suspensión de derechos políticos mediante providencia judicial
  • Legitimación
  • Se inscribe más en la esfera del derecho a acceder a la administración de justicia que en la esfera del ejercicio del control político
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Fundamentos jurídicos suficientes y adecuados para modificar la doctrina sobre legitimación en la causa por activa a partir de interpretación sistemática de la Carta y ejercicio de ponderación de principios
  • Calidades para su presentación
  • Exigencia del requisito del ejercicio pleno de derechos políticos
  • Requisito de presentación personal
Demanda Publica De Inconstitucionalidad
  • Además de ser manifestación del derecho del ciudadano a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, es una manifestación del derecho fundamental a acceder a la justicia
  • Legitimidad en la causa por activa
Derecho A Demandar La Constitucionalidad De Leyes Como Derecho Politico Y Derecho De Acceder A La Justicia
  • En la ponderación debe prevalecer la interpretación favorable a los derechos de las personas, sobre todo si se trata de una limitación desproporcion
Suspension En El Ejercicio De Derechos Politicos
  • Carencia de legitimación para ejercer acción pública de inconstitucionalidad
Acciones Publicas
  • Diferencia con las demás acciones
  • Por el hecho de ser públicas no dejan de ser acciones
Derechos Politicos
  • Titularidad y ejercicio
Falta De Legitimacion Para Interponer Demanda De Inconstitucionalidad Por Condena De Prision
  • No parece ser razón suficiente para negar de tajo la posibilidad de su ejercicio
13 temas · 22 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 19 y 35 (ambos parciales), de la Ley 1592 de 2012.

Los demandantes argumentan que la norma acusada desconoce el derecho a la igualdad, en virtud de establecer un trato diferente entre los integrantes de grupos desmovilizados que hubieran estado privados de la libertad al momento de la desmovilización y los que no se encontraban en tal circunstancia.

Al tener claro la Corporación que los demandantes, por sentencia judicial ejecutoriada, tienen suspendidos sus derechos políticos lo que les impide ejercer la acción pública de inconstitucionalidad, en la medida en que no han obtenido rehabilitación, la que aún no pueden solicitar, por encontrarse cumpliendo la penal que les fue impuesta.

La Sala Plena se declara INHIBIDA para emitir un pronunciamiento de fondo, por falta de legitimación de los demandantes.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1592/12. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 19Ley 1592/12 «parcial»INHIBITORIO
Art. 35Ley 1592/12 «parcial»INHIBITORIO
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. Declararse Inhibida para emitir un pronunciamiento de fondo
  2. en relacion con la demanda formulada contra los articulos 19 (parcial) y 35 (parcial) de la Ley 1592 de 2012, por falta de legitimacion de los demandantes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
SalvamentoMauricio González CuervoAclaraciónMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.