C-399 de 2010
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Revision De Constitucionalidad·Demandado Decreto 073 De 2010
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Aplicación de efectos retroactivos del fallo desde el nacimiento de la norma
- Efectos retroactivos
- Medidas para liberar recursos de saldos excedentes del situado fiscal y del sistema general de participaciones
- Norma no genera rentas de origen tributario
- Improcedencia de la modulación de efectos temporales
- Modulación de efectos
- Configuración
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisión de constitucionalidad del Decreto 073 de 2010, “por el cual se expiden medidas excepcionales con el fin de liberar recursos de los saldos excedentes del situado fiscal y del sistema general de participaciones –Aportes Patronales que permitan financiar la atención a la población pobre no asegurada y los eventos no cubiertos por el plan obligatorio de salud del régimen subsidiado, y se dictan otras disposiciones”.
La Corte declara la inexequibilidad por consecuencia, debido a que mediante la sentencia C-252 de 2010, se declaró la inexequibilidad del Decreto 4975 de 2009 en el cual se declaró estado de emergencia económica y social.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 4976/09. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion, oido el concepto del Procurador General de la Nacion y surtidos los tramites que ordena el Decreto 2067 de 1991,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE por consecuencia el Decreto 073 de 2010, "por el cual se expiden medidas excepcionales con el fin de liberar recursos de los saldos excedentes del situado fiscal y del sistema general de participaciones -Aportes Patronales que permitan financiar la atencion a la poblacion pobre no asegurada y los eventos no cubiertos por el plan obligatorio de salud del regimen subsidiado, y se dictan otras disposiciones."
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.