C-391 de 2002
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Vladimir Ariza Cardozo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza y alcance
- Naturaleza diferente
- Inexistencia de triple identidad que evidencie dos juzgamientos por un mismo hecho
- Objeto y fundamento de decisión diferente
- Naturaleza y alcance
- Especial de legalidad
- Actuación a sabiendas de estar incurso en causal de inhabilidad
- Determinación de circunstancias que excluyen posibilidad de elección o nombramiento
- Límites en determinación de circunstancias que generan inhabilidades y constituyen faltas
- Margen amplio
- No vulneración por generarse en un mismo supuesto fáctico una actuación administrativa y una disciplinaria
- Triple identidad
- Requerimientos para consolidación
- Legislación derogada
- No generación de doble juzgamiento
- Inexistencia de poderes absolutos
- Actuación a sabiendas de estar incurso en causal de inhabilidad
- Producción de efectos jurídicos cuando es más favorable
- Cuestionamiento de determinación
- Actuación a sabiendas de estar incurso en causal de inhabilidad
- Efectos jurídicos
- Intencional desconocimiento de inhabilidad
- Consecuencias jurídicas a instituciones que hacen parte del otro
- Relación estrecha
- Atribución legislativa de efectos jurídicos a sanciones disciplinarias
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 200 de 1995.
Art. 25 num. 10.
Codigo disciplinario unico.
Faltas gravisimas.
Funcion publica.
Incompatibilidad.
Inhabilidad.
Impedimento.
Conflicto de intereses.
Accion electoral.
Norma derogada.
Non bis in idem.
Potestad de configuracion legislativa.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 200/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar EXEQUIBLE, en lo demandado, el numeral 10 del articulo 25 de la Ley 200 de 1995.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.