C-370 de 2021
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante Cristian Fernando Cuervo Aponte·Demandado Ley 1862 De 2017
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Dimensiones
- Concepto
- Limitaciones
- Implicaciones
- Restricciones y limitaciones
- Diferencia específica frente al régimen general
- Sólo puede incluir faltas relacionadas directamente con la función militar
- Aspecto sustancial es lo esencial
- Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
- Niveles de intensidad
- Contenido y alcance
- Alcance
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del numeral 21 (parcial) del artículo 22 de la Ley 1862 de 2017, por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar.
El accionante sostiene que la disposición cuestionada sanciona una conducta propia de la esfera íntima y privada de la persona, que le atañe al individuo y a su pareja, y que no irrespeta la imagen ni el honor de la institución.
No obstante, para el actor, el Legislador a través de ella: (i) admitió una intromisión en la vida privada; (ii) sometió la conducta a una autorización; y (iii) la convirtió en un acto inmoral o polémico.
Además, aquella conducta no tiene relación directa con el servicio, no afecta los deberes de la institución y no tiene nexo con el ejercicio de la función pública.
En su criterio, la medida no persigue un fin constitucionalmente legítimo, y compromete tanto el derecho a la intimidad personal y familiar, como el libre desarrollo de la personalidad.
Tampoco busca proteger el orden social, a terceros, ni la disciplina militar.
Desde su punto de vista, la medida es de corte perfeccionista y revela una concepción del militar como un ser automatizado.
A su juicio, impone al ciudadano-militar un modelo de conducta que va más allá de lo razonable.
La Corte consideró que, a pesar de que la medida prevista en la norma acusada tiene como finalidad asegurar la disciplina militar, trascendente en la milicia, no es conducente para lograr ese fin ante la falta de relación clara con la función militar y las necesidades del servicio.
En vista de ello precisó que las limitaciones a los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad derivadas de la norma cuestionada resultan irrazonables.
Con base en las anteriores consideraciones concluyó que, la prohibición para el militar de llevar de la mano a la pareja, en sitios no autorizados y al portar el uniforme, es una medida prevista en pro de la disciplina militar constitucionalmente inadmisible, pues afecta en forma desproporcionada los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad del ciudadano que hace parte de la institución castrense.
Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “Llevar de la mano o”, contenida en el numeral 21 del artículo 22 de la Ley 1862 de 2017, por ser incompatible con los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1862/17. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- administrando justicia en nombre del Pueblo, y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE:
- Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Llevar de la mano o" contenida en el numeral 21 del articulo 22 de la Ley 1862 de 2017, por ser incompatible con los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.