Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de octubre de 2021Sala Plena

C-370 de 2021

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Cristian Fernando Cuervo Aponte·Demandado Ley 1862 De 2017

Tema · dato duro
Normas De Conducta Militar. Aplicación De Correctivos, Por Llevar De La Mano En Lugares O Eventos No Autorizados, A Su Cónyuge, Compañera (O) O Amiga (O), Portando El Uniforme.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Intimidad
  • Limitaciones
  • Implicaciones
Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Restricciones y limitaciones
Regimen Disciplinario Especial De Las Fuerzas Militares
  • Diferencia específica frente al régimen general
  • Sólo puede incluir faltas relacionadas directamente con la función militar
  • Aspecto sustancial es lo esencial
Demanda De Inconstitucionalidad
  • Improcedencia de pronunciamiento sobre nuevo cargo presentado por interviniente
13 temas · 16 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad en contra del numeral 21 (parcial) del artículo 22 de la Ley 1862 de 2017, por la cual se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar.

El accionante sostiene que la disposición cuestionada sanciona una conducta propia de la esfera íntima y privada de la persona, que le atañe al individuo y a su pareja, y que no irrespeta la imagen ni el honor de la institución.

No obstante, para el actor, el Legislador a través de ella: (i) admitió una intromisión en la vida privada; (ii) sometió la conducta a una autorización; y (iii) la convirtió en un acto inmoral o polémico.

Además, aquella conducta no tiene relación directa con el servicio, no afecta los deberes de la institución y no tiene nexo con el ejercicio de la función pública.

En su criterio, la medida no persigue un fin constitucionalmente legítimo, y compromete tanto el derecho a la intimidad personal y familiar, como el libre desarrollo de la personalidad.

Tampoco busca proteger el orden social, a terceros, ni la disciplina militar.

Desde su punto de vista, la medida es de corte perfeccionista y revela una concepción del militar como un ser automatizado.

A su juicio, impone al ciudadano-militar un modelo de conducta que va más allá de lo razonable.

La Corte consideró que, a pesar de que la medida prevista en la norma acusada tiene como finalidad asegurar la disciplina militar, trascendente en la milicia, no es conducente para lograr ese fin ante la falta de relación clara con la función militar y las necesidades del servicio.

En vista de ello precisó que las limitaciones a los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad derivadas de la norma cuestionada resultan irrazonables.

Con base en las anteriores consideraciones concluyó que, la prohibición para el militar de llevar de la mano a la pareja, en sitios no autorizados y al portar el uniforme, es una medida prevista en pro de la disciplina militar constitucionalmente inadmisible, pues afecta en forma desproporcionada los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad del ciudadano que hace parte de la institución castrense.

Se declara la INEXEQUIBILIDAD de la expresión “Llevar de la mano o”, contenida en el numeral 21 del artículo 22 de la Ley 1862 de 2017, por ser incompatible con los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 1862/17. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 22Ley 1862/17INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«Númeral 21 la expresión: " Llevar de la mano o"»
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. administrando justicia en nombre del Pueblo, y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declarar INEXEQUIBLE la expresion "Llevar de la mano o" contenida en el numeral 21 del articulo 22 de la Ley 1862 de 2017, por ser incompatible con los derechos a la intimidad y al libre desarrollo de la personalidad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible3
SalvamentoGloria Stella Ortiz DelgadoSalvamentoAntonio José Lizarazo OcampoSalvamentoPaola Andrea Meneses Mosquera
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.