C-341 de 2006
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Maximiliano Echeverrii Marulanda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Antecedentes históricos
- Alcance respecto a la actividad financiera
- Negativa por inclusión en lista Clinton
- Terminación unilateral por establecimiento bancario no vulnera debido proceso
- Terminación unilateral por establecimiento bancario no vulnera principio de buena fe
- Es un servicio público
- Procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo de comercio (decreto 410 de 1971) articulo 1389.
Contratos bancarios.
Cuenta corriente bancaria.
El demandante considera que la norma vulnera los articulos 29 y 83 de la constitucion politica.
Ejercicio de la autonomia de la voluntad privada en la actividad financiera.
En el ordenamiento juridico colombiano la autonomia de la voluntad se mantiene como regla general pero con restricciones o excepciones por causa del interes social o publico y el respeto de los derechos fundamentales derivados de la dignidad humana.
La disposicion demandada no vulnera los principios del debido proceso y de la buena fe.
El cuentacorrentista eventualmente afectado por la decision abusiva o arbitraria de un establecimiento bancario puede hacer uso de los medios de defensa que le brinda la ley.
Exequible
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 410/71. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E:
- DECLARAR EXEQUIBLE el Art. 1389 del Código de Comercio, por los cargos examinados en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.