Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de abril de 2014Sala Plena

C-255 de 2014

Ponente Alberto Rojas Ríos

Demandante Luis Andres Fajardo Arturo Y Otra·Demandado Ley 1592 De 2012, Articulos 23, 24 Y 41 (Parcial)

Tema · dato duro
Competencia Y Procedimiento Para Reparacion Integral De Victimas De Acciones De Grupos Armados Organizados Al Margen De La Ley
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Cosa Juzgada Constitucional
  • Predicable de fallos de exequibilidad o inexequibilidad
  • Tipos
  • Requisitos para su configuración
2 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 23, 24 (parcial), 40 y 41 (parcial) de la Ley 1592 de 2012, modificatoria de la Ley 975 de 2005.

Aducen los actores que las normas demandas vulneran los derechos a la igualdad, al acceso a la administración de justicia y el de las víctimas a la reparación integral, porque el incidente allí regulado sólo se ocupa de identificar las afectaciones, sin que se garantice la reparación integral.

Precisan, que existe una diferenciación injustificada entre quienes acudieron al proceso penal bajo las reglas de la Ley 945/05 y las víctimas que, por virtud de las disposiciones cuestionadas, reciben una indemnización acorde con el marco de la vía administrativa.

Indican igualmente, que las víctimas de los postulados de la Ley de Justicia y Paz quedan limitadas a recibir únicamente una reparación administrativa, mientras que el resto de víctimas tienen además la posibilidad de obtener la reparación integral mediante otra clase de acciones judiciales.

La Corte decide ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-180/14 e INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en relación con el artículo 40 y las expresiones demandadas del artículo 41 de la Ley 1592 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 975/05. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 23Ley 975/05EXEQUIBLE
Art. 23Ley 975/05EXEQUIBLE
Art. 23Ley 1592/12ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 24Ley 1592/12ESTARSE A LO RESUELTO
Art. 40Ley 1592/12INHIBITORIO
Art. 41Ley 1592/12INHIBITORIO
6 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. ESTARSE A LO RESUELTO en la sentencia C-180 de 2014, que declaro INEXEQUIBLES las expresiones "las cuales en ningun caso seran tasadas", del inciso
  2. cuarto. del articulo 23 de la Ley 1592 y el apartado "y remitira el expediente a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas y/o a la Unidad Administrativa Especial de Gestion de Restitucion de Tierras Despojadas para la inclusion de las victimas en los registros correspondientes para acceder de manera preferente a los programas de reparacion integral y de restitucion de tierras de que trata la Ley 1448 de 2011 a los que haya lugar" del inciso
  3. quinto. del articulo 23, como tambien, el inciso
  4. segundo. del articulo 24 de la Ley 1592 de 2012.
  5. Segundo. INHIBIRSE de emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con el articulo 40 y las expresiones demandadas del articulo 41 de la Ley 1592 de 2012, por ineptitud sustantiva de la demanda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible2
Salvamento parcialMaría Victoria Calle CorreaSalvamento parcialAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.