C-194 de 1998
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Guillermo Chain Lizcano Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia de violación de la libertad de trabajo
- Pena de prisión
- Expedición y derogación de normas generales en materia aduanera
- Vulneración
- Vulneración
- Improcedencia de violación
- Competencia limitada en materia tributaria
- Competencia para aplicarla
- Vulneración
- Improcedencia de violación
- Naturaleza
- Requiere decisión judicial
- Medida de carácter administrativo
- Improcedencia de desconocimiento
- Medida de carácter patrimonial
- Desconocimiento
- Improcedencia de violación
- Procedimiento administrativo
- Competencia para aplicarla
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 56/81. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarar EXEQUIBLES los artículos 15 a 21 y el numeral 1o. del artículo 51 de la Ley 383 de 1997, salvo el inciso
- segundo. del artículo 19 que se declara INEXEQUIBLE.
- Segundo. En relación con el artículo 7o. de la Ley 56 de 1981, Estése a lo resuelto en la sentencia No. C-486 de 1997 respecto de las siguientes expresiones: "limitada a cinco pesos ($5.oo) anuales por cada kilovatio instalado en la respectiva central generadora" y "y su monto se reajustará anualmente en un porcentaje igual al índice nacional de incremento del costo de vida certificado por el DANE correspondiente al año inmediatamente anterior".
- Decláranse EXEQUIBLES las expresiones "Las entidades propietarias pagarán a los municipios los impuestos, tasas, gravámenes o contribuciones de carácter municipal diferentes del impuesto predial, únicamente a partir del momento en que las obras entren en operación o funcionamiento y dentro de las siguientes limitaciones: a) Las entidades propietarias de obras para generación de energía eléctrica, podrán ser gravadas con el impuesto de industria y comercio", contenidas en el artículo 7o. de la Ley 56 de 1981.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.