C-167 de 2014
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Alberto Bravo Borda·Demandado Ley 399 De 1997, Articulo 4 Parcial
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No demandan precisión absoluta y detallada de los elementos del tributo
- Jurisprudencia constitucional
- Casos en que se vulnera
- Exige que órganos colegiados de representación popular fijen directamente elementos del tributo, con suficiente claridad y precisión
- Indeterminación respecto del hecho generador sobre “los demás hechos que se presenten en desarrollo de los objetivos del Invima”
- Palabra vaga o ambigua, no implica, per se, su inconstitucionalidad, ello sólo ocurre cuando la falta de claridad es insubsanable
- Diferenciación
- Dificultades interpretativas que pueden dar lugar a la declaratoria de Inexequibilidad
- Jurisprudencia constitucional
- Contenido y alcance
- Contenido y alcance
- Potestad reglamentaria
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 4º parcial de la Ley 399 de 1997, por la cual se crea una tasa, se fijan unas tarifas y se autoriza al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), su cobro.
En la demanda se acusa al Congreso de la República de violar, con las disposiciones demandadas, las reglas y principios constitucionales en materia tributaria.
La Sala reitera jurisprudencia constitucional relacionada con los principios de legalidad y certeza del tributo y analiza si los apartes normativos acusados violan o no estos principios.
Se declaran EXEQUIBLES las expresiones “y demás gastos que se requieran” del literal c) del artículo 4º de la ley 399 de 1997 e INEXEQUIBLE, el literal e) del mismo artículo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 399/97. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declarar EXEQUIBLES las expresiones "y demas gastos que se requieran" del literal (c) del articulo 4deg de la Ley 399 de 1997, por los cargos analizados.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el literal (e) del articulo 4deg de la Ley 399 de 1997.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.