Micelio
Sentencia de Constitucionalidad24 de febrero de 2004Sala Plena

C-156 de 2004

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Sugey Rosina Tigreros

Tema · dato duro
Licencia De Conduccion Para Discapacitado Fisico. Razonabilidad Por No Obtención Para Vehículos De Servicio Público Colectivo Que Usan Instrumentos Ortopédicos Y Requiere Acondicionamiento
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Discapacitado
  • Derecho a la integración social y laboral
  • Protección constitucional especial
  • Protección especial según convenios internacionales
  • Reconocimiento de protección especial por la jurisdicción constitucional
Licencia De Conduccion Para Discapacitado Fisico
  • Razonabilidad por no obtención para vehículos de servicio público colectivo que usan instrumentos ortopédicos y requiere acondicionamiento
  • Obtención siempre y cuando el vehículo sea de carácter individual
  • Tratamiento diferenciado
6 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 769 de 2002.

Art. 21 (p.).

Codigo nacional de transito terrestre.

Licencia de conducción para limitados fisicos o discapacitados.

Manejo de vehículos de servicio publico individual y colectivo.

Accesibilidad y restriccion.

Empleo de instrumentos ortopedicos

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 769/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 21Ley 769/02EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLE, por el cargo analizado, la expresion "pero unicamente de servicio individual" contenida en el articulo 21 de la Ley 769 de 2002.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.