Micelio
Sentencia de Tutela28 de noviembre de 2000

T-1639 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Juan Eutimio Murcia Murcia Vs. Alcalde Municipal De Chiquinquira.

Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad. Discriminacion. Eliminacion De Barreras Que Impiden A Los Limitados Fisicos Acceder A Los Servicios Publicos. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion Del Discapacitado
  • Programación de actividades académicas a las que pueda acceder sin poner en riego su vida
Accion De Cumplimiento
  • Ejecución de obras para suprimir barreras físicas que impiden el acceso y desplazamiento de discapacitados
Acción De Tutela
  • Improcedencia para el caso
  • Necesidad de distinguir las pretensiones cuando la protección de amparo involucra derechos colectivos
Derechos Fundamentales Del Discapacitado
  • Supresión de barreras físicas que impiden su acceso y desplazamiento
Derecho A La Igualdad Del Discapacitado
  • Discriminación por barreras físicas que impiden su acceso y desplazamiento
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (8 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. R E S U E L V E :
  3. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 10 y 15 de mayo del ano en curso, por las Salas de Decision Penal de los Tribunales Superior de Tunja y Medellin, mediante las cuales se negaron por improcedentes, las acciones de tutela instauradas por los senores Jesus Eutimio Murcia Murcia y Jaime Alberto Agudelo Figueroa, respectivamente.
  4. Segundo. CONCEDER a los accionantes la proteccion de su derecho fundamental a la igualdad. Por consiguiente, se ordena a la Alcaldia Municipal de Chiquinquira que, en el termino de las cuarenta y ocho (48) siguientes a la notificacion de esta providencia, inicie los tramites necesarios y una vez concluidos, dentro de plazos razonables, disponga lo necesario para que el senor JESUS EUTIMIO MURCIA MURCIA pueda realizar la gestion de sus asuntos ante dicha autoridad, en igualdad de condiciones a los ciudadanos de dicho municipio. Asi mismo, se ordena a la Universidad de Antioquia que programe las actividades academicas del estudiante JAIME ALBERTO AGUDELO FIGUEROA, en espacios adecuados a las especiales condiciones de este.
  5. Tercero. PREVENIR al Gobierno Nacional, al Comite Consultivo Nacional de las Personas con Limitacion y al Ministerio de Educacion Nacional para que, de conformidad con lo ordenado por los articulos 6deg, 7deg y 8deg de la Ley 361 de 1997, tomen las medidas necesarias para lograr que las entidades accionadas eliminen las barreras que impiden a los limitados fisicos acceder a los servicios que estas deben prestarles, utilizando para el efecto los medios y recursos adecuados a su situacion. Oficiese.
  6. Cuarto. Los jueces de primera instancia velaran por el cumplimiento de esta decision.
  7. Quinto. Librense por Secretaria las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.