C-126 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Carlos Arturo Castañeda Castañeda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No vulneración por diferencia en reajuste que busca compensación
- No vulneración por exigencia de porcentaje integral de cotización en salud respecto de trabajadores activos
- Asunción directa por pensionado de porcentaje integral en salud
- Asunción directa por pensionado
- No tiene que ser idéntico para jubilados y empleados respecto a porcentaje de cotización
- Sostenibilidad financiera
- Diferencia de reajuste pensional a quienes se le reconoció antes de 1994
- Asunción integral de cotización en salud
- Amparo en salud que conlleva cotizar determinado porcentaje de mesada
- Asunción directa por pensionado de cotización integral en salud
- Cotización de determinado porcentaje para salud
- Diferencia de reajuste a quienes se reconoció antes de 1994
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 100 de 1993.
Art 143 inc 2.
Cotizacion para los pensionados esta a cargo de estos.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 100/93. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLE el inciso
- segundo. del artículo 143 de la Ley 100 de 1993.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.