Micelio
Sentencia de Constitucionalidad3 de febrero de 2010Sala Plena

C-056 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Maria Fernanda Orozco Tous Y Otro·Demandado Decreto 1282 De 1994 Articulo 6 Y Ley 707 De 2003 Articulos 9 Y 10

Tema · dato duro
Fallo Inhibitorio Por Ineptitud De Demanda De Inconstitucionalidad Contra Regimen Especial Pensional Para Aviadores Civiles
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Condiciones mínimas
  • Cumplimiento de la carga mínima de argumentación
  • Aplicación del principio pro actione
  • Cargos deben ser claros, ciertos, específicos, pertinentes y suficientes
  • Cumple con la condiciones para pronunciamiento de fondo frente al desconocimiento del principio de progresividad
Inhibicion De La Corte Constitucional
  • Ausencia de requisitos mínimos
3 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 1282 de 1994, artículo 6 “por el cual se establece el régimen pensional de los Aviadores Civiles”, Ley 797 de 2003 artículos 9 y 10 “Por la cual se reforman algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se adoptan disposiciones sobre los Regímenes Pensionales Exceptuados y Especiales”, el artículo 6 regula las pensiones especiales y transitorias de los aviadores, el artículo 9 regula los requisitos para obtener la pensión de vejez los apartes demandados son los siguientes “A partir del 1 de enero del año 2014 la edad se incrementará a cincuenta y siete (57) años de edad para la mujer, y sesenta y dos (62) años para el hombre” “A partir del 1 de enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1 de enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1300 semanas en el año 2015”, el artículo 10 modifica el monto mensual de la pensión correspondiente al número de semanas mínimas de cotización requeridas y la formula para calcularlo, los demandantes consideran que las normas acusadas vulneran los artículo 29, 53 y 59 de la Constitución, respecto de los derechos adquiridos por los aviadores civiles para obtener la pensión especial transitoria.

La Corte concluye que ninguno de los cargos contenidos en la demanda satisface los requisitos de pertinencia, claridad y suficiencia, decide declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los fragmentos demandados

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1282/94. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 6Decreto 1282/94 «parcial»INHIBITORIO
Art. 10Ley 797/03INHIBITORIO
Art. 9Ley 797/03INHIBITORIO
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE:
  3. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de los fragmentos demandados, contenidos en los articulos 6o (parcial) del Decreto 1282 de 1994 y los articulos 9o y 10o de la Ley 797 de 2003.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
SalvamentoMauricio González CuervoSalvamentoJorge Ignacio Pretelt ChaljubSalvamentoJorge Iván Palacio PalacioSalvamentoMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.