C-052 de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Edier Esteban Manco Pineda·Demandado Ley 1996 De 2019
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Exigencia de requisitos mínimos
- Servicio de la fe pública
- Reconocimiento y exaltación de la autonomía del individuo
- Estado debe asegurar el apoyo para el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad
- Carga mínima de argumentación
- Instrumentos de apoyo para garantizar el ejercicio de derechos
- Modificaciones y adaptaciones para garantizar a las personas con discapacidad el goce y ejercicio en condiciones de igualdad de sus derechos humanos y libertades fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad en contra del artiìculo 16 (parcial) de la Ley 1996 de 2019, por medio de la cual se establece el régimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad.
El demandante considera que la disposición acusada desconoce los artiìculos 13, 116 y 131 de la Constitucioìn.
En su criterio, las atribuciones de entrevistarse por separado con la persona titular del acto jurídico y verificar que el contenido del acuerdo de apoyo se ajuste a su voluntad, preferencias y a la ley; así como garantizar la disponibilidad de los ajustes razonables que puedan requerirse para la comunicación de la información relevante, así como para satisfacer las demás necesidades particulares que la persona requiera para permitir su accesibilidad, constituyen una función jurisdiccional que es ajena a la competencia asignada a los notarios.
La Corte considera que la disposición que permite acuerdos en escritura pública en la que se designan personas que puedan apoyar a mayores de edad en condición de discapacidad es ajustada a la Carta y por ello la declara EXEQUIBLE.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1996/19. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLES los incisos
- segundo. y
- tercero. del articulo 16 de la Ley 1996 de 2019, "[p]or medio de la cual se establece el regimen para el ejercicio de la capacidad legal de las personas con discapacidad mayores de edad", por el cargo analizado en esta sentencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.