Micelio
Sentencia de Constitucionalidad4 de febrero de 1998Sala Plena

C-014 de 1998

Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz

Demandante Ricardo Cuervo Delgado Y Otra

Tema · dato duro
Ley 54/90. Art. 2 Lit. B Parcial. Art. 3. Paragrafo Parcial. Regimen Patrimonial Entre Compañeros Permanentes. Exequibles.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Sociedad Conyugal
  • Bienes propios
  • Regulación diferente en materia patrimonial
Union Marital De Hecho
  • Diversas formas de constituirla
  • Regulación diferente en materia patrimonial
Regimen Patrimonial Sociedad De Hecho
  • Bienes propios
  • Mayor valor de los bienes propios
  • Requisitos
4 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 54/90. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 54/90 «e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o ambos companeros permanentes, siempre y cuando las sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas y liquidadas por lo menos un ano antes de la fecha en que se inicio la union marital de hecho»EXEQUIBLE
Art. 3Ley 54/90 «o mayor valor que produzcan estos bienes durante la union marital de hecho»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. En merito de lo expuesto, la Corte Constitucional
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE, unicamente en relacion con el cargo formulado por el actor, la expresion "e impedimento legal para contraer matrimonio por parte de uno o ambos companeros permanentes, siempre y cuando las sociedad o sociedades conyugales anteriores hayan sido disueltas y liquidadas por lo menos un ano antes de la fecha en que se inicio la union marital de hecho", contenida en el literal b) del articulo 2 de la Ley 54 de 1990.
  4. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, unicamente en relacion con el cargo formulado por el actor, la expresion "o mayor valor que produzcan estos bienes durante la union marital de hecho", contenida en el paragrafo del articulo 3 de la Ley 54 de 1990. Ello bajo el entendido de que la valorizacion que experimentan los bienes propios de los convivientes, por causa de la correccion monetaria, no forma parte de la sociedad patrimonial.
  5. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.