A- de 2001
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Gomez Bolivar Guillermo Leon·Demandado Consejo De Estado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Discrecionalidad de decisiones
- Procedimiento en revisión eventual
- Naturaleza
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se abstuvo de dictar sentencia de revisión conforme con los artículos 86 y 241, numeral 9 de la Constitución Política, la eventual revisión que realiza la Corte Constitucional, tiene por objeto las sentencias de tutela que resuelven sobre el fondo del asunto, en este sentido la Corporación únicamente ejerce control sobre los fallos definitivos de tutela y la revisión no se extiende a los actos procesales diferentes a las sentencias.
En el asunto objeto de estudio, se aprecia que la revisión recae sobre un auto que rechazó la admisión de la demanda por temeridad del accionante, por lo cual la Sala decidió abstenerse de proferir sentencia de revisión, por no existir sentencia de tutela, no podría haber revisión del auto en mención.
Se ordenó remitir el expediente al Consejo de Estado para los efectos legales pertinentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. ABSTENERSE de dictar sentencia de Revision por los motivos expuestos en este auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente al Consejo de Estado para los efectos legales pertinentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.