DecretoDerogado
Decreto 54 de 1981
Por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando y lograr un adecuado abastecimiento interno de azucar.
23artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º2º3º4º5º6º7º8º9º10Artículo 1011Los, Cargamentos De Azúcar Con Destino A La Exportación Solo Podrán Almacenarse En Bodegas Oficiales12Artículo 1213Artículo 1314La Distribución, Mercadeo Y Transporte Del Azúcar En Las Zonas Costaneras Y F Ronterizas Será Supervisados Por Los Alcaldes Municipales15Artículo 1516Queda Prohibido El Transporte De Azúcar En El Territorio Nacional Por Medio De Cabotaje Marítimo, O Transporte Aéreo17Artículo 1718Por Denuncia Del Hecho O De Manaera Oficiosa, La Dirección General Marítima O Portuaria Conocerá Y Podrá Imponer Las Sanciones Del Caso En El Evento De Que Se Incurra En La Violación De Las Prohibiciones Establecidas En El Presente Decreto19El Instituto Nacional Del Transporte, De Oficio O A Solicitud Del Ministerio De Agricultura O De Cualquier Otra Autoridad, Aplicará Las Sanciones Pertinentes Conforme A La Ley, A Los Transportadores Que Infrinjan Las Disposiciones Del Presente Decreto20Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 23
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Julio Cesar Turbay AyalaEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y de las especiales que le conf ieren la Ley 7º de 1943, los Decretos 3092 de 1968 (Ley 48 de 1968) y 133 de 1976, y el Estatuto Penal Aduanero
- Felio Andrade ManriqueEl Ministro de Justicia
- Jaime García ParraEl Ministro de hacienda y Crédito Público
- Luis Carlos Camacho LeyvaEl Ministro de Defensa Nacional
- Gustavo Dajer ChadidEl Ministro de Agricultura
- Andrés Restrepo LondoñoEl Ministro de Desarrollo Económico
- Enrique Vargas RamírezEl Ministro de Obras Públicas y Transporte
- Manuel Guillermo Silva GonzálezEl Jefe del Departamento Administrativo de Seguridad