º. El Ministerio de Agricultura establecerá las cuotas de producción de azúcar que los ingenios están obligados a vender al Instituto de Mercadeo Agropecuario IDE MA, con el objeto de contribuir al adecuado abastecimiento y regulación de mercado interno cuando a juicio del Minis terio se justifique tal medida.
Decreto 54 de 1981 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 54 de 1981 · Por el cual se dictan medidas para prevenir el contrabando y lograr un adecuado abastecimiento interno de azucar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.