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DecretoVigente

Decreto 2285 de 1967

Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar

70artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1La Estructura Administrativa Del Gobierno Departamental Del Cesar, Será La Siguiente: A) Despacho Del Gobernador 12Las Unidades De Primer Nivel, De La Administración Departamental, Se Denominarán Secretarías U Oficinas3Los Secretarios Y Directores De Oficina, En Relación Con Los Asuntos Propios De Su Ramo, Tendrán Las Siguientes Funciones: A) Asesorar Al Gobernador En La Adopción De La Política Y Planes De Acción; B) Coordinar Con Las Demás Secretarías Y Oficinas Y Con Las Entidades Públicas Y Privadas, El Desarrollo De Los Programas A Su Cargo; C) Representar Al Gobernador En Las Actividades Oficiales Que Éste Señale; D) Asesorar A Las Administraciones Municipales Para El Desarrollo De Los Programas A Nivel Local; E) Presidir El Comité De Coordinación De La Respectiva Secretaría U Oficina; F) Autorizar Con Su Firma Los Actos Que Le Señalen Las Leyes, Las Ordenanzas, Los Decretos, Las Resoluciones Y Los Reglamentos4Son Funciones Generales De Los Jefes Efe Sección: A) Responder Ante El Jefe Inmediato Por El Cumplimiento De Sus Funciones Y Por Las De Las Unidades A Su Cargo; B) Dirigir Y Coordinar La Elaboración Y Ejecución De Los Programas De Trabajo Que Han De Desarrollarse En La Unidad Bajo Su Control; C) Estudiar Y Resolver Los Problemas De La Sección Y Tramitar Con El Inmediato Superior Aquellos Asuntos Que Requieren Una Decisión A Nivel Más Elevado; D) Asesorar Al Jefe Inmediato En El Estudio Y Solución De Los Problemas Que Se Relacionen Con Los Asuntas Bajo Su Responsabilidad; E) Recibir Y Evaluar Los Informes Periódicos De Los Subalternos Y Preparar Informes Consolidados Sobre Las Labores Desarrolladas Y Los Resultados Obtenidos Por La Unidad A Su Cargo; F) Asistir Al Comité De Coordinación, Correspondiente A Su Nivel; G) Autorizar Con Su Firma Los Actos Que Se Le Señalen De Acuerdo Con Los Decretos, Resoluciones Y Reglamentos5Corresponden Al Secretario Privado Del Gobernador Las Siguientes Funciones A) Organizar La Oficina Del Gobernador, Llevar Los Archivos Especializados Y Atender Todos Los Asuntos Relacionados Con El Eficiente Funcionamiento Del Despacho; B) Tramitar La Correspondencia Personal Del Gobernador Y Dar Curso A Aquella Que No Requiera La Actuación Directa Del Mismo; C) Servir De Enlace Entre, Las Personas Que El Gobernador Indique Y Tramitar Las Audiencias; D) Suministrar A La Prensa Informaciones, Autorizadas Por El Gobernador, Sobre Los Negocios A Cargo Del Departamento E) Responder Por Las Relaciones Públicas De La Administración Departamental; F) Las Demás Que Le Confiere El Gobernador6El Despacho Del Gobernador Tendrá Las Siguientes Dependencias: 17Son Funciones De La Oficina De Planeación: Atender Los Negocios Relacionados Con La Planeación Integral Del Departamento, Los Planes De Desarrollo Económico, Social Y Urbanístico; La Preparación De Los Anteproyectos De Presupuestos; La Organización Administrativa; La Elaboración De Las Estadísticas; La Asistencia Técnica A Los Municipios Y A Los Organismos Regionales De Derecho Público; La Coordinación De Las Actividades De Turismo8Son Funciones Especiales Del Jefe De La Oficina De Planeación: A) Responder Ante El Gobernador Por El Cumplimiento De Las Funciones De La Unidad A Su Cargo; B) Estudiar Los Proyectos De Ordenanzas, De Decretos, De Resoluciones O Acuerdos Que Tengan Incidencia Sobre Los Planes O Programas De Desarrollo, Presupuestos Y Organización Administrativa; C) Coordinar Las Actividades De La Unidad A Su Cargo, Con Las Que Adelanten El Departamento Administrativo De Planeación, El Departamento Nacional De Estadística, La Dirección Nacional De Presupuesto, La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública Y Demás Entidades Públicas Y Privadas; D) Evaluar Con Base En Estadísticas Y Cálculos De Costos Los Gastos De Cada Uno De Los Planes Y Programas Que Adelante O Proyecte El Departamento; E) Sugerir Recursos Y Sistemas Para La Eficiente Realización De Planes Y Programas De Desarrollo9° La Oficina Jurídica Asesorará Al Departamento En Todos Los Asuntos Jurídicos10Son Funciones De La Oficina Jurídica O Del Asesor Jurídico, Según El Caso: A) Estudiar Los Problemas Jurídicos Relacionados Con El Departamento Y Preparar Los Conceptos O Proyectos Respectivos; B) Estudiar, Preparar O Revisar Los Proyectos De Ordenanzas, Decretos, Resoluciones Y Demás Providencias Que Se Relacionen Con La Administración Departamental; C) Conceptuar Sobre La Legalidad O Constitucionalidad De Las Ordenanzas Y Los Acuerdos; D) Estudiar El Aspecto Legal Y Emitir El Concepto Correspondiente En Todos Los Contratos Que Celebre El Departamento, Y En Los Contratos Celebrados Por Los Municipios Y Que Requieran La Aprobación Del Gobernador; E) Tramitar Los Demás Asuntos Que Conforme A Las Leyes, Decretos Y Ordenanzas Supongan La Intervención De Esta Unidad; F) Asesorar Al Gobernador O A Los Apoderados Que Éste Designe En Los Juicios Que Se Relacionen Con El Departamento, Y Llevar Su Representación En Los Casos En Que El Gobernador Le Confiera Poder Para El Efecto; G) Codificar Las Normas Legales Relacionadas Con La Administración Departamental Y Mantenerla Al Día11Corresponde A La Oficina Administrativa Atender Los Negocios Relacionados Con La Recaudación, Administración Y Vigilancia De Las Rentas Departamentales; El Manejo De Los Bienes Y Fondos Públicos; La Preparación De Los Anteproyectos De Presupuesto; La Ejecución Presupuestaria; La Contabilidad General, La Contabilidad De Costos Y La Contabilidad Presupuestaria: El Manejo De La Deuda Pública En Coordinación Con La Auditoría Fiscal General O Con La Entidad Que Haga Sus Veces; El Aprovisionamiento De Bienes Muebles Generales Y Especiales; La Administración De Personal Y La Organización De Servicios Generales12Artículo 1213Artículo 1314Artículo 1415Artículo 1516Artículo 1617Artículo 1718Son Funciones De La Sección De Personal: A) Estudiar, En Colaboración Con La Oficina De Planeación Y Con Las Unidades Administrativas, Las Necesidades De Personal Administrativo, Científico, Técnico Y Auxiliar, Y Presentar A La Comisión De Personal Programas De Selección Con Miras A Satisfacer Estas Necesidades; B)19Artículo 1920Artículo 2021Artículo 2122Artículo 2223Artículo 2324Artículo 2425Artículo 2526La Organización Interna De La Secretaría De Desarrollo Económico Y Social, Será La Siguiente: 2 Sección Agropecuaria27Artículo 2728Artículo 2829Artículo 2930Artículo 3031Corresponde A Los Directores De Distrito: A) Dirigir Y Coordinar Dentro De Los Planes De La Sección De Educación, Las Actividades Y Los Programas De Las Unidades Educativas Que Componen Su Distrito; B) Propender Por El Mejoramiento Cultural Y La Capacitación Pedagógica Y Administrativa Del Personal De Su Jurisdicción; C) Controlar El Funcionamiento De Las Unidades Educativas Del Distrito, Rendir Informes Periódicos A La Sección De, Educación Y Solicitar Las Modificaciones O Traslados De Personal Y De Presupuesto Cuando Sea Necesario; D) Dirigir El Trabajo De Los Supervisores32El Comité Asesor De Distrito Estará Compuesto Por: El Director De Distrito, Quien Lo Presidirá33Cada Una De Las Unidades Educativas Tendrá Comité Asesor Presidido Por El Jefe De La Unidad E Integrado En La Siguiente Forma: El Párroco O Su Representante34Corresponderá A La Sección Agropecuaria, Los Siguientes Negocios: A) Adelantar Campañas De Fomento Agropecuario En El Territorio Departamental Y Coordinar Sus Actividades Con Las De Las Entidades Públicas Y Privadas Que Adelanten Programas Afines Y Prestar Asistencia Sanitaria; B) Aplicar A35Artículo 3536Artículo 3637Artículo 3738Artículo 3839Son Funciones Del Consejo Departamental De Planeación: A) Conocer Y Evaluar El Avance De Los Trabajos De La Oficina De Planeación Y Preparar Informes Periódicos Sobre Las Actividades Adelantadas; B) Estudiar Los Planes Económicos Elaborados Por La Oficina De Planeación Y Aquellos Que Sean Sometidos Para Aprobación Del Gobierno Departamental, Por Los Municipios; C) Coadyuvar En La Coordinación De Las Actividades De Los Diferentes Organismos Locales, Nacionales Y La Empresa Privada, Para Los Fines De Desarrollo Económico Y Social Del Departamento; D) Las Demás Que Le Fueren Señaladas Por La Norma Reglamentaria Sobre La Materia40La Administración Departamental Tendrá Los Siguientes Comités De Coordinación: A) Comité General De Coordinación Integrado Por Los Secretarios Y Los Jefes De Las Oficinas De Planeación Jurídica Y Administrativa; B) Comités De Secretaría U Oficina Integrados Por El Secretario O El Jefe De La Oficina Y Los Jefes De Las Unidades De Trabajo A Su Cargo Parágrafo41Artículo 4142Artículo 4243Artículo 4344La Junta De Compras Tendrá Facultad Para Estudiar Las Ofertas Y Autorizar Las Adquisiciones Del Caso, De Conformidad Con El Código Fiscal Departamental Y Con Los Reglamentos Respectivos45Las Juntas De Escalafón Docente Estarán Integradas Así: A) El Secretario De Desarrollo Económico Y Social; B) El Jefe De La Sección De Educación; C) Un (1) Representante Del Distrito Educativo; D) Un (1) Representante Del Magisterio De Educación Medía O Un Representante Del Magisterio De Educación Primaria, Según El Caso46Artículo 4647La Junta De Becas Estará Integrada Así: El Gobernador O Su Delegado48Artículo 4849Corresponde A La Auditoría Fiscal General, De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 10 Del Decreto 1340 De 1967, El Ejercicio Del Control Fiscal En El Territorio Del Departamento50La Organización Administrativa De La Auditoría Fiscal General, Será La Siguiente; 151Artículo 5152Corresponde Al Grupo De Juicios Fiscales, Fianzas Y Finiquitos: A) Abocar El Conocimiento De Los Negocios Que Se Ventilen Contra Los Funcionarios Públicos Departamentales Dentro De Los Juicios De Cuentas, A Través Del Examen Posterior De Cuentas Realizado En La Fuente; B) Conocer De Los Aspectos Relacionados Con La Dirección Y Supervisión De Las Modalidades Seguidas Para El Otorgamiento De Fianza; C) Expedir Los Finiquitos Que Por Los Diversos Conceptos Corresponde Producir A La Auditoría; D) Practicar El Examen Posterior De Las Cuentas Que Envíen Los Tesoreros Municipales Y Demás Entidades Que Estén Obligadas A Rendir Cuentas A La Auditoría Fiscal General O Contraloría Departamental53Artículo 5354Artículo 5455Las Funciones A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores Del Presente Decreto, Serán Ejecutadas Por 1a Siguiente Planta De Personal: Despacho Del Gobernador: Grado Salario Mensual $ 1 Gobernador 356Las Ordenanzas Y Demás Normas Orgánicas Que Se Encuentren Vigentes En El Departamento Del Magdalena El 21 De Diciembre De 1967 Regirán En El Departamento Del Cesar, En Cuanto Sean Aplicables A La Nueva Entidad, Hasta Tanto La Asamblea De Éste Provea Sobre El Particular57Artículo 5758Artículo 5859La Creación De Nuevos Cargos Y Los Reajustes De Sueldos Se Harán Por Decreto Del Gobierno Nacional, Previo Estudio Adelantado Por La Secretaría De Organización E Inspección De La Administración Pública60Artículo 6061Artículo 6162Artículo 6263Artículo 6364Artículo 6465Artículo 6566Artículo 6667Artículo 6768Artículo 6869El Régimen De Excepción Que Mediante El Presente Decreto Se Adopte, Tendrá Vigencia Hasta Tanto La Asamblea Departamental Del Cesar, En Uso De Sus Facultades Constitucionales Y Legales, Provea Sobre El Particular70Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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