Micelio

Artículo 67

Decreto 2285 de 1967 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Departamental, una vez analizada la conveniencia y viabilidad de cada uno de los proyectos preparados por la Oficina de Planeación sobre creación de Establecimientos Públicos Departamentales, y previo concepto favorable del Gobierno Nacional, tomará las providencias del caso para su organización, con la asesoría de la Secretaría de Organización e Inspección de la Administración Pública y del Departamento Administrativo de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2285 de 1967