Micelio

Artículo 45

Las Juntas De Escalafón Docente Estarán Integradas Así: A) El Secretario De Desarrollo Económico Y Social; B) El Jefe De La Sección De Educación; C) Un (1) Representante Del Distrito Educativo; D) Un (1) Representante Del Magisterio De Educación Medía O Un Representante Del Magisterio De Educación Primaria, Según El Caso

Decreto 2285 de 1967 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las Juntas de Escalafón Docente estarán integradas así

a)

El Secretario de Desarrollo Económico y Social;

b)

El Jefe de la Sección de Educación;

c)

Un (1) representante del Distrito Educativo;

d)

Un (1) representante del Magisterio de Educación Medía o un representante del Magisterio de Educación Primaria, según el caso.

Parágrafo

Los representantes del Magisterio deben estar en ejercicio de sus funciones, ser titulados y escalafonados en la primera categoría del respectivo nivel.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2285 de 1967