Corresponderá a la Sección Agropecuaria, los siguientes negocios
Adelantar campañas de fomento agropecuario en el territorio departamental y coordinar sus actividades con las de las entidades públicas y privadas que adelanten programas afines y prestar asistencia sanitaria;
Aplicar a. los programas de fomento agropecuario, los resultados de las investigaciones científicas sobre la materia y preparar programas de divulgación;
Preparar en colaboración con la Sección de Educación y con la Zona Agropecuaria del Ministerio de Agricultura, el material educativo de carácter técnico, para guía de los agricultores y ganaderos;
Adelantar en coordinación con los organismos nacionales correspondientes, estudios sobre mercados y precios de los productos agropecuarios, a fin de racionalizar su producción y distribución;
Velar por el uso y conservación adecuados de las fuentes de agua y adelantar campañas de conservación de suelos y vigilar, en coordinación con los organismos nacionales, la explotación de los bosques y zonas forestales y la de recursos de caza y pesca;
Coordinar la ejecución de los programas que en el campo agropecuario, adelanten la Federación de Ganaderos, la Federación Nacional de Arroceros eros, el Instituto Nacional de Abastecimientos, la Federación, Nacional de Algodoneros y demás organismos públicos y privados que laboren en el Departamento;
Adelantar en colaboración con la Oficina de Planeación, estudios tendientes a la determinación de zonas potenciales de colonización;
Colaborar con la Sección de Asuntos Municipales y Acción. Comunal para el desarrollo del fomento cooperativo;
Tramitar los asuntos a que se refiere el Decreto 2703 de 1959, de conformidad con las normas reglamentarias. 3. Sección de Obras Públicas