Micelio

Artículo 18

Son Funciones De La Sección De Personal: A) Estudiar, En Colaboración Con La Oficina De Planeación Y Con Las Unidades Administrativas, Las Necesidades De Personal Administrativo, Científico, Técnico Y Auxiliar, Y Presentar A La Comisión De Personal Programas De Selección Con Miras A Satisfacer Estas Necesidades; B)

Decreto 2285 de 1967 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la Sección de Personal: a) Estudiar, en colaboración con la Oficina de Planeación y con las unidades administrativas, las necesidades de personal administrativo, científico, técnico y auxiliar, y presentar a la Comisión de Personal programas de selección con miras a satisfacer estas necesidades; b). Seleccionar en colaboración con la Comisión de Personal, los candidatos para ocupar los diferentes cargos en la Administración Pública Departamental aplicando las normas de clasificación y remuneración de empleos de acuerdo con las reglamentaciones vigentes; c) Organizar, de acuerdo con la Comisión de Personal, programas de adiestramiento para personal, en servicio en la Administración Departamental y en los Municipios y coordinar éstas actividades con los organismos públicos y privados que se ocupen de actividades afines; d) Revisar las funciones a nivel de cargo y adelantar, cuando fuere el caso, una nueva clasificación de los mismos; e) Preparar el reglamento de trabajo y una vez aprobado por el Gobierno Departamental, velar por su aplicación y cumplimiento; f) Mantener al día los registros de personal de todos los funcionarios al servicio del Gobierno Departamental, y preparar las nóminas de pago; g) Expedir constancias sobre antecedentes de personal y demás certificaciones requeridas; h) Estudiar la posibilidad de establecer sistemas de incentivos en algunos servicios y promover actividades culturales y de bienestar social para el personal; i) Elaborar los proyectos de providencias relativas al manejo de personal; j) Asistir a los Municipios en el establecimiento de la Carrera Administrativa y en la administración técnica del personal. 3.4. Sección de Servicios Generales

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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