Corresponde a la Oficina Administrativa atender los negocios relacionados con la recaudación, administración y vigilancia de las Rentas Departamentales; el manejo de los bienes y fondos públicos; la preparación de los anteproyectos de presupuesto; la ejecución presupuestaria; la contabilidad general, la contabilidad de costos y la contabilidad presupuestaria: el manejo de la deuda pública en coordinación con la Auditoría Fiscal General o con la entidad que haga sus veces; el aprovisionamiento de bienes muebles generales y especiales; la administración de personal y la organización de servicios generales.
Artículo 11
Corresponde A La Oficina Administrativa Atender Los Negocios Relacionados Con La Recaudación, Administración Y Vigilancia De Las Rentas Departamentales; El Manejo De Los Bienes Y Fondos Públicos; La Preparación De Los Anteproyectos De Presupuesto; La Ejecución Presupuestaria; La Contabilidad General, La Contabilidad De Costos Y La Contabilidad Presupuestaria: El Manejo De La Deuda Pública En Coordinación Con La Auditoría Fiscal General O Con La Entidad Que Haga Sus Veces; El Aprovisionamiento De Bienes Muebles Generales Y Especiales; La Administración De Personal Y La Organización De Servicios Generales
Decreto 2285 de 1967 · Por el cual se señala la organización administrativa del Departamento del Cesar
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.